REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, treinta de mayo de dos mil diecisiete
207º y 158º

ASUNTO: BP02-N-2012-000709

Vista la diligencia suscrita por la Abogada Briseida Carolina Maita, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 162.664, con el carácter de apoderada judicial del ciudadano Denis Rafernad Gámez Rodríguez, mediante la cual solicita se ordene la ejecución forzosa de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha veintiocho (28) de Junio de 2015, en virtud de que el Servicio Autónomo de Registros y Notarias (SAREN), no ha cumplido con lo ordenado en la misma, este Juzgado decreta la ejecución forzosa. En consecuencia ordena comisionar suficientemente al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a quien por distribución le corresponda, a los fines de que practique la ejecución forzosa de dicha sentencia. A tales efectos, remítasele anexo copia certificada de la decisión y del presente auto. Cúmplase lo ordenado.
La Jueza,
La Secretaria Acc,
Dra. Mirna Mas y Rubí Spósito.
Abg. Solimar Villegas Villarroel.



A.A.