REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Barcelona
Barcelona, 20 de Mayo de 2017
207º y 158º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2017-004523
ASUNTO : BP01-P-2017-004523
Vista solicitud de ORDEN DE APREHENSION, solicitada por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, DRA. MARIA DEL VALLE MARTINEZ BASTARDO, en contra de la ciudadana RAQUEL DEL VALLE MARCANO, nacionalidad venezolana, natural de ciudad Barcelona, Estado Anzoátegui, de profesión u oficio ASISTENTE ADMINISTRATIVO GRADO 8 ADSCRITA A LA DIVISION DE RECAUDACION GENERAL REGIONAL, titular de la cedula de Identidad Nro. V-8.215.752, residenciada en la Urbanización Fundación Mendoza, sector La Manzana, casa Nº 05, Barcelona, por la presunta comisión del delito de PECULADO DOLOSO, previsto y sancionado en el artículo 54 del Decreto de Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, de conformidad con lo establecido en el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal; este Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, por encontrarse de guardia, a los fines de decidir sobre dicha solicitud observa:
FUNDAMENTOS DE HECHO:
“el Ministerio Publico, adelanta investigaciones relacionadas con la presuntas irregularidades, en la cual aparece presuntamente responsable la ciudadana RAQUEL DEL VALLE MARCANO, nacionalidad venezolana, natural de ciudad Barcelona, Estado Anzoátegui, de profesión u oficio ASISTENTE ADMINISTRATIVO GRADO 8 ADSCRITA A LA DIVISION DE RECAUDACION GENERAL REGIONAL, titular de la cedula de Identidad Nro. V-8.215.752, residenciada en la Urbanización Fundación Mendoza, sector La Manzana, casa Nº 05, Barcelona, relacionada con los siguientes hechos: la funcionaria antes mencionada sustrajo Mil Quinientas Estampillas, (timbres fiscales), de la Oficina de Timbres Fiscales adscrita a la División de Recaudación, por un monto total de 15.000 millones, actualmente, 15.000 mil bolívares..
DE LOS ELEMENTOS DE CONVICCIÓN:
1. Memorándum, de fecha 20 de marzo de 2008, suscrito por Ramón Antonio Mirt, Gerente de Tributos Internos Región Nor- Oriental, en contra de la ciudadana RAQUEL DEL VALLE MARCANO.
2. Acta de Entrevista, de fecha 02 de marzo de 2006, ante la Guardia Nacional Bolivariana, rendida por el ciudadano RAQUEL DEL VALLE MARCANO, titular de la cedula de Identidad V-8.215.752, ante la Guardia Nacional Bolivariana, quien expuso: “Yo le hice un cambio al Señor Carlos, porque el tenia una edición de estampillas de las viejas, de las cuales no se la querían recibir, pero en ningún momento el y yo nos íbamos a quedar con el dinero ni con las estampillas, porque se no hubiese sido así, el quedaron mi intención fue hacerle un favor, tampoco me dio tiempo de hablar con Brenda, para explicarle y fue cuando llegaron los Funcionarios de Caracas, eso fue lo que paso.”
3. Acta de Entrevista, de fecha 02 de marzo de 2006, ante la Guardia Nacional Bolivariana, Rendida por la ciudadana MERCEDES RAMONA ZAMORA TOMOCHE, titular de la cedula de identidad V-4.901.772, quien expuso: “El día 03 de febrero del años 2006, la Funcionaria Brenda Nadales, me pregunto que si yo había recibido Timbres de diez mil bolívares (10.000), yo le dije que no pues ella me dijo que porque aparecieron en mi expendio unos timbres de diez mil bolívares (10.000), con unos seriales que fueron sacados del deposito, pues yo le conteste que yo no había recibido nada, que le preguntara a Raquel Marcano, pues tanto que el 02 de febrero yo me encontraba en Cantaura, es todo”.
4. Acta de Entrevista, de fecha 15 de febrero de 2006, ante la Guardia Nacional Bolivariana, Rendida por la ciudadana BRENDA YSABEL NADALES, titular de la cedula de identidad V-11.904.501, quien expuso: “En fecha 02 de Febrero de 2006, durante inspección realizada por la división de especies fiscales, se procedió levantar el inventario de las especies fiscales y formularios de la coordinación de Timbres Fiscales de la Gerencia Regional De Tributos Internos Región Nor Oriental, durante esta visita se detecto un faltante de mil quinientos (1.500)”, estampillas de bolívares diez mil (10.000). El día viernes 03 de marzo del año 2006, le pregunte a la funcionaria Mercedes Zamora, acerca de la recepción de esas mil quinientos (1.500), estampillas, indicándome la funcionaria que ella no recuerda haber recibido tales estampillas, por tal Razzano la reuní a ambas funcionarias con el fin de aclarar la situación, pero ella para ese momento continuaba diciendo que ella no recordaba haberla recibido y la funcionaria Raquel Marcano, no objeto absolutamente nada al respecto, en vista que los funcionarios auditores requerían la constancia de entrega de dichas estampillas, la funcionaria Mercedes me dijo “Voy a firmar la constancia pero se que es un error por cuanto estoy segura que no la recibí”, seguidamente la funcionaria Raquel Marcano firmo la constancia de despacho, luego de investigar si las estampillas fueron enviadas a la taquilla de expendio oficial, pude evidenciar que tales estampillas no fueron recibidas por la funcionaria Mercedes Zamora, debido al informe que ella me entrego el día Lunes 06 de febrero de 2006, reuní nuevamente a las funcionarias Raquel Marcano y Mercedes Zamora, con la finalidad de aclarar lo acontecido al plantear la situación la funcionaria Raquel Marcano, tomo la palabra diciendo “Que ella podía explicar lo que paso con esas estampillas”, y me dijo que un amigo le pidió que le cambiara unas estampillas de diez mil (10.000), tomando la funcionaria una caja para hacer el cambio, cambio que no pude evidenciar debido a que estaban las estampillas, que presuntamente iba a cambiar así como tampoco el dinero, además la funcionaria me dijo que llamo a su amigo el día 07 de febrero de 2006, y le pidió que le devolviera las estampillas. La funcionaria Raquel Marcano, nos dijo a la funcionaria Mercedes Zamora y mi persona, que en horas de la tarde traería las estampillas además de un dinero en efectivo porque los timbres no estaban completos, efectivamente ella llevo los timbres, específicamente mil trecientos catorce (1.314), así como la cantidad de un millón treinta bolívares (1.030.000), faltando por entregar la cantidad de setecientos setenta bolívares (770.000), luego procedí a levantar mi informe procediendo a pasarlo a mi jefe de división Lic. Jesús Coello, a los fines que tomara los fines pertinentes del caso, Es todo”.
5. Informe, de fecha 02 de febrero de 2006, realizado por el funcionario Luis Enrique Uzcategui, Jefe de la División de Especies Fiscales del Nivel Normativo, se procedió a realizar inventario de las especies Fiscales.
6. Memorándum, de fecha 07 de Diciembre de 2006, del Jefe de la Oficina de Auditoria Interna, para Alejandro Esis Urdaneta Gerente de Recursos Humanos.
7. Memorándum, de fecha 27 de febrero de 2007, del Gerente de Recursos Humanos, para Jefe de la Oficina de Auditoria Interna.
8. Acta de Entrevista, de fecha 02 de marzo de 2006, ante la Guardia Nacional Bolivariana, Rendida por la ciudadana Raquel del Valle Marcano, titular de la cedula de Identidad Nro. V-8.215.752.
9. Acta de Testigo, de fecha 19 de Septiembre de 2006, ante el Seniat, rendida por la ciudadana Raquel del Valle Marcano, titular de la cedula de Identidad Nro. V-8.215.752.
10. Memorándum, de fecha 21 de mayo de 2007, del Jefe de la oficina de Auditoria Interna, para Diana Amarilis Vargas Romero, Asunto asignación de verificación.
11. Memorándum, de fecha 21 de Mayo de 2007, de Jefe de la Oficina de Auditoria Interna (E), para Daniel García Oropeza, Asunto Remisión de Información.
12. Memorándum, de fecha 20 de Junio de 2007, de Profesional Administrativo Daniel García, para Jenny Cárdenas, Coordinadora de Averiguaciones Administrativas.
13. Memorándum, de fecha 25 de Junio de 2007, de Jenny Cárdenas Fernández, para Doris Sánchez Vivas, Profesional Administrativo.
14. Copia Expediente e Informe, Caso Timbres Fiscales Región Nor Oriental.
15. de fecha 15 de febrero de 2006, ante la Guardia Nacional Bolivariana, Rendida por la ciudadana Brenda Isabel Nadales Rojas.
16. Memorándum, de fecha 21 de Mayo de 2007.
17. Acta de Requerimiento, de fecha 25 de Mayo de 2007.
18. Acta de Recepción, de fecha 06 de Junio de 2007.
19. Informe Final sobre los resultados de la Inspección realizada en la Gerencia Regional de los Tributos Internos Región Nor-Oriental, desde el 01/02/2006 al 03/02/2006, según Acta Nº RNO/014/02/2006.
20. Inventario de Formularios Gerencia Regional de Tributos Internos Regios Nor-Oriental, de 01 de Febrero de 2006.
21. División de Especies Fiscales, Acta Nº RNO-014-02-2006.
22. Planilla de Liquidación y Pago sobre la Venta de Especies Fiscales.
23. Alcance a Respuestas a actas de Requerimiento Nº OAI-GTIRNO-DR-ATF-REQ-02.
24. Acta de Entrevista, de fecha 05 de Diciembre de 2007, ante la Fiscalía Quinta, rendida por la ciudadana MARCANO RAQUEL DEL VALLE, titular de la cedula de Identidad Nro. V-8.215.752.
25. Acta de Entrevista, de fecha 06 de Diciembre de 2007, ante la Fiscalía Quinta, rendida por la ciudadana NADALES ROJAS BRENDA YSABEL, titular de la cedula de Identidad Nro. V-11.904.501, quien expuso: “el 02 de febrero de año 2006, durante una inspección que realiza la División de especies fiscales, cuando se estaba haciendo el conteo del rubro de estampillas de Diez mil bolívares, se observo un faltante de Mil quinientas estampillas de Diez mil bolívares. Ante esa situación yo me dirigí al personal a preguntarles si tenían conocimiento del destino que se le había dado a esos timbres fiscales, le pregunte a la ciudadana RAQUEL MARCANO, le comente lo que estaba pasando y ella en ese momento no me informo nada, insistí en las indagaciones y en una revisión que hice en la taquilla de expendio de timbres fiscales observe que habían estampillas de los seriales faltantes, en ese momento cuando yo detecto esta situación Raquel Marcano me indica que el día 27 de enero le despacho a la Funcionaria MERCEDES ZAMORA, que es la Funcionaria encargada de la taquilla para ese entonces, esos Mil quinientos Timbres Fiscales. Al día siguiente estando presente en la oficina la Funcionaria MERCEDES ZAMORA, le pregunte al respecto, en ese momento me respondió que no se acordaba si le habían despachado esos timbres o no, en vista de que estaba muy ocupada le manifesté que nos reuniríamos, Una vez que cerro la atención al publico nos reunimos le plenote la situación, allí se presento una disputa entre la señora MERCEDES y RAQUEL, porque la señora Mercedes le decía que no recordaba haber recibido tales estampillas. En ese momento entro uno de los Funcionarios que estaba haciendo la inspección y me solicito la constancia que justificara el faltante, le indique que me diera unos minutos, y en vista de esto la señora Mercedes dijo que firmaría la constancia de entrega, pero que estaba segura que ella no había recibido nada y la señora Raquel firmo dejando constancia de haberles despachado. Ese mismo día ya en horas en la tarde y una vez que los funcionarios auditores se habían retirado, yo le solicite a la señora Mercedes Zamora que era la persona encargada de la taquilla un arqueo de caja, quería conversar nuevamente con Raquel, pero en la tarde ella no acudió al trabajo, porque tenia una reunión en la escuela de sus hijos. La señora Mercedes me entrego ese tarde el Informe de renta de timbres fiscales, este informe va acompañado de la planilla “Forma 73”, esta es la que justifica el deposito a la cuenta de la Tesorería Nacional, pero el informe no reflejaba ningún ingreso de esas Mil quinientas Estampillas. El día lunes reuní nuevamente en mi oficina a Mercedes y a Raquel, le explique la situación que se me había presentado, ya que no tenia el dinero ni las estampillas, que me explicaran que había pasado con esos timbres fiscales, en ese momento la señora RAQUEL tomo la palabra y dijo que ella explicaría lo que había ocurrido y empezó diciendo que un amigo le pidió que le cambiara Mil quinientos Timbres de Diez mil bolívares porque supuestamente los que el tenia era la edición de las que dicen “Republica de Venezuela” y quería que se las cambiara por la edición nueva que dice “Republica Bolivariana de Venezuela”, continuo diciendo que había llamado a su amigo el sábado para que se las devolviera y luego en la tarde cuando regreso en la tarde, al trabajo llego sin las estampillas, y me dijo que iba a devolver los timbres pero no completos pero que el faltante lo compensaría en dinero en efectivo y así lo hizo, me devolvió 1314 estampillas y en dinero en efectivo Un Millón Treinta Mil Exactos, faltando la cantidad de Setecientos setenta mil bolívares, los cuales fueron pagados quince o veinte días después. Luego de esto yo prepare mi informe al Jefe de la división de Recaudación, para ese momento era el Funcionario Jesús Coello y deje constancia en mi informe de la situación que había ocurrido en la oficina, incluso en la coordinación de Recursos humanos yo también envíe el informe planteando la situación.”
26. Acta de Entrevista, de fecha 06 de Diciembre de 2007, ante la Fiscalía Quinta, rendida por la ciudadana ZAMORA TOMOCHE MERCEDES RAMONA, titular de la cedula de Identidad Nro. V-4.901.772, quien expuso: “cuando yo estaba en Cantaura el dos de febrero, cumpliendo con una comisión, la señora RAQUEL, se quedo atendiendo el expendio donde yo laboro, cuando yo regreso al día siguiente, la señora Brenda me pregunta que se la señora Raquel me había dado estampillas a mi, le respondí que no ella me contesto que si no me había dado estampillas, como yo justificaba de que en mi expendio ella encontró unas estampillas con los seriales de las cuales había un faltante cuando hicieron las auditorias. Nos reunimos con Raquel y ella dijo que me los había dado, por supuesto negué delante de Brenda esto, después de esto, el día lunes, (porque eso fue un viernes), cuando regresamos al trabajo nos volvimos a reunir con la señora Brenda que es la Jefa y Raquel dijo en la reunión, que esas estampillas se las había cambiado a un señor y después regreso las estampillas y un dinero en efectivo. Es todo.”
27. Acta de Entrevista, de fecha 10 de Diciembre de 2007, ante la Fiscalía Quinta, rendida por el ciudadano COELLO COELLO JESUS ENRIQUE, titular de la cedula de Identidad Nro. V-11.681.052, quien expuso: “En el caso de esta investigación, se manejo inicialmente como un extravío dado a que se percato la coordinadora del área de Timbres Fiscales, del faltante de la cantidad de Mil quinientas estampillas de Diez Mil bolívares cada una, esto durante una inspección realizada por el Jefe de Especies Fiscales del Nivel Normativo, Comandante (Ej.) LUIS ENRIQUE UZCATEGUI. Se tomaron las acciones del caso, primero solicitándole a la Funcionaria que estaba a la venta de la taquilla propia del SENIAT, un arqueo de caja para verificar si esos timbres habían llegado a esa taquilla en alguna oportunidad, no había rastro de habérsele hecho a ella entrega formal de estos. Una vez que la Coordinadora del área de Timbres Fiscales Abg. Brenda Nadales, se reunió con el personal, la Funcionaria Raquel Marcano le manifestó que había sido ella quien saco los Timbres Fiscales y se los entrego a un expendedor amigo de ella. Al conocerse la situación la Jefatura de División solicito a Brenda Nadales, un informe sobre los hechos ocurridos, se le informo a Resguardo Nacional Aduanero y Tributario a cargo del Coronel (GN) LUIS FRANCO VERA OROPEZA, y se instruyo lo propio a la Gerencia de Recursos Humanos, mediante memorando Nº. GRTI/RNO/DA/CRH/2006/0430, para que ellos iniciaran las investigaciones correspondientes en virtud de que la actuación de esta Funcionaria Raquel Marcano, no se ajustaba a Derecho y el resultado de las investigaciones fue la Destitución de dicha Funcionaria en fecha 01 de noviembre del presente año, según la resolución Nº SNAT/GGA/GRH/DRNL/CPD/2007-0011431, la cual fue suscrita por el ciudadano Superintendente Nacional Aduanero y Tributario JOSÉ GREGORIO VIELMA MORA. Es todo.”
28. Relación de Especies Fiscales Recibidas del Nivel Normativo 2006.
PARTE MOTIVA
Por lo que resulta acreditada la existencia de un hecho punible de acción pública cuya acción penal no está evidentemente prescrita, así como suficientes elementos de convicción para estimar que la ciudadana RAQUEL DEL VALLE MARCANO, nacionalidad venezolana, natural de ciudad Barcelona, Estado Anzoátegui, de profesión u oficio ASISTENTE ADMINISTRATIVO GRADO 8 ADSCRITA A LA DIVISION DE RECAUDACION GENERAL REGIONAL, titular de la cedula de Identidad Nro. V-8.215.752, residenciada en la Urbanización Fundación Mendoza, sector La Manzana, casa Nº 05, Barcelona, es participe en la presunta comisión de los delitos de PECULADO DOLOSO, previsto y sancionado en el artículo 54 del Decreto de Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, de conformidad con lo establecido en el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, y como quiera que en el presente caso existe peligro de fuga u obstaculización en la búsqueda de la verdad, por la magnitud del delito, y llenos los extremos de los Artículos 236 Ordinales 1°, 2° y 3°, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que considera esta instancia de control que lo procedente es DECRETAR ORDEN DE APREHENSION en contra del ciudadano antes mencionado. Y ASÍ SE DECIDE.
D I S P O S I T I V A
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Sexto Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide. ACUERDA ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del ciudadano RAQUEL DEL VALLE MARCANO, nacionalidad venezolana, natural de ciudad Barcelona, Estado Anzoátegui, de profesión u oficio ASISTENTE ADMINISTRATIVO GRADO 8 ADSCRITA A LA DIVISION DE RECAUDACION GENERAL REGIONAL, titular de la cedula de Identidad Nro. V-8.215.752, residenciada en la Urbanización Fundación Mendoza, sector La Manzana, casa Nº 05, Barcelona, por la presunta comisión de los delitos de PECULADO DOLOSO, previsto y sancionado en el artículo 54 del Decreto de Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, de conformidad con lo establecido en el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese orden de aprehensión y oficios correspondientes al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas de la Delegación de Barcelona, con el objeto de que practiquen la captura de la referida ciudadana y una vez dado estricto cumplimiento, se servirán colocarlos de manera inmediata, a la orden de este Tribunal. Regístrese. Líbrese los actos de comunicaciones correspondientes. Cúmplase.
LA JUEZ DE CONTROL Nº 06,
DRA. GABRIELA PATIÑO.
LA SECRETARIA.
ABG. MAGLEN MARIN.