REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, treinta y uno de mayo de dos mil diecisiete
207º y 158º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-V-2016-000396
ASUNTO: BP12-V-2016-000396

Vista la diligencia suscrita por la ciudadana la ciudadana DEL VALLE C. NARVAEZ FRANCIS, abogada en ejercicio inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 113.652, quien actúa con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana NAHERYS DEL VALLE DIAZ CARABALLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.719.947 y de este domicilio parte demandante en el juicio de ACCION MERO DECLARATIVA DE RECONOCIMIENTO DE UNION CONCUBINARIA, incoada contra el ciudadano HECTOR RAMON FUENTES GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 5.148.989, y domiciliado en la ciudad de El Tigre, Municipio Simon Rodríguez del, Estado Anzoátegui, mediante la cual desiste del presente procedimiento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal HOMOLOGA dicho desistimiento en la misma forma, términos y condiciones por él expresado, ello de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo preceptuado por el artículo 263 ejusdem.-

En vista del pronunciamiento anterior, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo de este expediente.-Así se decide Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Cúmplase lo ordenado.

EL JUEZ TITULAR.

Dr. HENRY JOSE AGOBIAN VIETTRI
LA SECRETARIA ACCIDENTAL.

Abg. MIGUELINA PEREZ ROMERO