REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui
Barcelona, dos (02) de mayo de dos mil diecisiete (2017)
207º y 158º

EXPEDIENTE: BP02-L-2017-000046
DEMANDANTE: JOSE GREGORIO CAIGUA PIRICUA
DEMANDADA: SERENOS MONAGAS C.A. y el ciudadano LUIS BELTRAN BERTI REYES
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, dos (02) de mayo de dos mil diecisiete (2017), siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la audiencia preliminar en la presente causa, contentiva del juicio por cobro de prestaciones sociales, incoado por el ciudadano JOSE GREGORIO CAIGUA PIRICUA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 17.222.608 contra el empresa SERENOS MONAGAS C.A. y el ciudadano LUIS BELTRAN BERTI REYES, habiendo comparecido el abogado LUIS RAFAEL GUZMAN RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 132.543, actuando en su carácter de apoderado judicial de la demandada SERENOS MONAGAS C.A., tal y como se evidencia de instrumento poder, cursante a los autos. Asimismo se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora, ciudadano JOSE GREGORIO CAIGUA PIRICUA, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO Y TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, de conformidad con lo establecido en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Juzgado.
La Jueza Provisoria,


Abg. María Carmona Ainaga

Apoderado Judicial de la demandada

La Secretaria


Abg. Hilda Moreno.