N° DE EXPEDIENTE: BP12-L-2017-000190
PARTE ACTORA: MARIA MARRERO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abg. LAURA GUERRERO
PARTE DEMANDADA: RESTAURANT NAPOLI, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abg. JORGE QUIJADA
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS
DESISTIMIENTO EN INSTALACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR
A las 10:45 a.m. del día de hábil de hoy, 16 de noviembre de 2017; siendo la oportunidad previamente fijada para la instalación de la audiencia preliminar; en la demanda que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES, que intentó la ciudadana MARIA MARRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.009.476, en contra de la demandada RESTAURANT NAPOLI, C.A.. Se deja constancia que por la parte demandada RESTAURANT NAPOLI, C.A., comparece su coapoderado judicial abogado JORGE QUIJADA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 63.834; carácter que se evidencia de autos. Se deja constancia de la incomparecencia del accionante, ni por sí ni por medio de apoderado alguno que acredite facultad; a pesar del llamado de la Alguacil del Circuito en las puertas del tribunal a la hora fijada, es decir a las 10:45 a.m., por lo que, de conformidad con el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui; en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. El tribunal expide dos (2) ejemplares adicionales a las partes comparecientes. Año 207º y 158º.
Jueza Provisoria,


Abg. MARINES SULBARAN MILLAN
Secretaria,

DEMANDADA Abg. MARY JOSEFINA CORDOVA MEDINA
En la misma fecha se dictó la sentencia en forma oral, se publicó a las 10:57 a.m. y se registró en el copiador respectivo. Conste. La Secretaria,



CSDTPVVMyA
MSM/MJCM/msm
BP12-L-2017-000190