REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del Edo. Anzoátegui
Barcelona, quince de noviembre de dos mil diecisiete
207º y 158º
ASUNTO: BP02-S-2017-001916
SENTENCIA.
Vista la anterior Solicitud de Copia Certificada de la Sentencia de Divorcio dictada por este Tribunal en fecha 11 de agosto de 2011, suscrita por la ciudadana: GLORIA NAYIBETH QUIÑONEZ GALANGE. El Tribunal, a los fines de pronunciarse respecto a su admisión observa:
1.- Por cuanto la solicitante no forma parte de la Sentencia antes descrita, ni por medio de ningún instrumento legal.
En consecuencia, este Tribunal Primero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, declara INADMISIBLE la misma, y así se decide.-
Déjese copia de la presente decisión conforme a lo dispuesto en el artículo 248 ejusdem.
Regístrese y Publíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en Barcelona, a los quince (15) días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete (2.017).- Años: 207° de la Independencia y 158° de la Federación.-
El Juez,
Abg. José Jesús Ramírez García.-
La Secretaria Acc.,
Abg. Milagros Guevara.-
En esta misma fecha siendo las once de la mañana (11:00 A.M.,) de la mañana, se dictó y publicó la anterior sentencia.- Conste.-
La Secretaria Acc.,
Abg. Milagros Guevara.-
JJRG/favi
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