REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del Edo. Anzoátegui
Barcelona, quince de noviembre de dos mil diecisiete
207º y 158º

ASUNTO: BP02-S-2017-001916
SENTENCIA.

Vista la anterior Solicitud de Copia Certificada de la Sentencia de Divorcio dictada por este Tribunal en fecha 11 de agosto de 2011, suscrita por la ciudadana: GLORIA NAYIBETH QUIÑONEZ GALANGE. El Tribunal, a los fines de pronunciarse respecto a su admisión observa:
1.- Por cuanto la solicitante no forma parte de la Sentencia antes descrita, ni por medio de ningún instrumento legal.
En consecuencia, este Tribunal Primero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, declara INADMISIBLE la misma, y así se decide.-

Déjese copia de la presente decisión conforme a lo dispuesto en el artículo 248 ejusdem.

Regístrese y Publíquese.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en Barcelona, a los quince (15) días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete (2.017).- Años: 207° de la Independencia y 158° de la Federación.-
El Juez,

Abg. José Jesús Ramírez García.-
La Secretaria Acc.,

Abg. Milagros Guevara.-


En esta misma fecha siendo las once de la mañana (11:00 A.M.,) de la mañana, se dictó y publicó la anterior sentencia.- Conste.-

La Secretaria Acc.,

Abg. Milagros Guevara.-

JJRG/favi