SENTENCIA INTERLOCUTORIA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Barcelona, veinticuatro de noviembre de dos mil diecisiete
207º y 158º.
ASUNTO: BP02-S-2017-001664.
En horas de despacho del día de hoy, 24 de noviembre de 2017, comparecen en este Tribunal Segundo del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simon Bolívar, Diego bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, la ciudadana MAIRYS JOSEFINA BASTARDO MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 13.318.647, debidamente asistida por el abogado en ejercicio CESAR AUGUSTO CAMPOS GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio, inscrito en Inpreabogado bajo el N° 228.673 y el ciudadano CESAR AUGUSTO CAMPOS GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio, inscrito en Inpreabogado bajo el N° 228.673, actuando en este acto como apoderado judicial del cónyuge ROOSELVET ARTURO PLAZA LANDAETA, venezolano mayor de edad, portador de la cedula de identidad N° 16.180.710, conforme consta instrumento Poder debidamente autenticado en fecha 17 de noviembre de 2017, anotado bajo el N° 29, Tomo 384, folios 148 al 152, el cual consigno en este Acto en original ; quienes manifestaron al tribunal su voluntad de separarse legalmente de cuerpos, de conformidad con las previsiones del Código Civil.- La ciudadana Juez Provisorio los Exhortó a la Reconciliación , Haciéndoles la reflexiones de Ley, en cuanto la estabilidad del vinculo matrimonial, la familia y los efectos que conllevan la separación, sin embargo los expresados ciudadanos manifestaron a la Juez no estar dispuestos a ello e insistieron en su solicitud de Separación de Cuerpos y Bienes.- Con vista de lo antes expuesto, el Tribunal declara formalmente la separación legal de Cuerpos y Bienes de los ciudadanos MAIRYS JOSEFINA BASTARDO MARQUEZ y ROOSELVET ARTURO PLAZA Landaeta.- Así se decide. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.-
En Consecuencia expídase por secretaria copia certificada de la solicitud y del presente auto.
La Juez Provisorio,

Abog. María Eugenia Pérez. La Solicitante.
Abogado Apoderado.
La Secretaria Temporal,

Abog. Génesis Reyes.