REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, tres de octubre de dos mil diecisiete
207º y 158º
ASUNTO: BP02-V-2016-000947
Vista la diligencia de fecha 18 se septiembre de 2017, suscrita por el Abogado CARLOS SIFONTES BRITO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 33.212, en su carácter de Apoderado Judicial de la sociedad de Comercio, SUFECA C.A ampliamente identificada en autos, actuando en su carácter como parte actora en el presente asunto, mediante la cual solicita la reposición de la presente causa al estado de librar un nuevo cartel de citación a la parte demandada, de conformidad con lo establecido en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, todo ello en virtud de que el cartel librado en fecha 17 de noviembre de 2016, fueron publicados con un intervalo de dos (02) días entre cada cartel, contraviniendo la norma ut supra citada, que establece que entre cada publicación debe haber un intervalo de 3 días. Ahora bien, por cuanto lo solicitado por el Abogado CARLOS SIFONTES BRITO no es contrario a Derecho, y a los fines de salvaguardar el derecho a la tutela judicial efectiva y a la defensa de la parte demandada, contemplados en los artículo 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, administrando justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: REPONE la presente causa al estado de librar nuevo cartel de citación a la parte demandada, de conformidad con lo establecido en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, quedando así, sin efecto todos los actos procesales posteriores al 17 de noviembre de 2016.
La Juez Provisorio.-
La Secretaria.-
Abg. Yuly Mar Amaricua
Abg. Neyla Vásquez
YA/NV/JuanPérez
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