REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del Edo. Anzoátegui
Barcelona, veinticinco de septiembre de dos mil diecisiete
207º y 158º

ASUNTO: BP02-V-2006-001938

Visto el anterior escrito, presentado por el ciudadano, EDSON JAVIER MOLINA PINEDA, asistido por el Abg. ALVARO JOSE GIL, inscrito en el I.P.S.A bajo los Nº 36.457, por una parte y por la otra, el Abg. ANDRES JOSE ORSONI CALABRIA, con Inpreabogado 2.105 y actuando en carácter de apoderad judicial del ciudadano MARIANO DOMENECH TORREGOSA, en el presente juicio por DESALOJO, el Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho Desistimiento en los términos y condiciones en que fue suscrito por ellos de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- En consecuencia, da por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente.-

El Juez

Abg. José Jesús Ramírez García
La Secretaria Acc

Abg. Oswaldo José Fernández Sierra