REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO EN FUNCIÓN DE CONTROL MUNICIPAL. EXTENSIÓN BARCELONA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Primera Instancia Municipales en Funciones de Control Barcelona
Barcelona, 21 de Septiembre de 2017
208º y 158º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2016-000093.-
Por cuanto fui designado como Juez provisorio de este Tribunal Primero de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, según lo establecido en los oficios Nº CJ-16-2622, de fecha 17-08-2016, emanado de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, es por lo que me aboco al conocimiento de la presente causa, ahora bien visto el escrito presentado por el Dr. JOSE DANIEL PEREZ, en su carácter de Fiscal Auxiliar Interino encargado en la Fiscalía Vigésima del Ministerio Publico, mediante la cual solicita se decrete el Sobreseimiento a favor de las ciudadanas JESUS GABRIEL VELASQUEZ SOJO, titular de la cedula de identidad Nro. 26.237.352, por la presunta comisión del delito de APROPIACION INDEBIDA SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 466 del Código Penal, todo de conformidad con el artículo 300, ordinal 2 del Código Orgánico Procesal Penal; éste Tribunal de Control Municipal Nro. 01 para decidir observa:
Se desprende de las actuaciones que en fecha 15-01-2016, se dio inicio a la presente averiguación por funcionarios adscritos a la CUERPO DE POLICIA NACIONAL BOLIVARIANA, en contra del ciudadano JESUS GABRIEL VELASQUEZ SOJO, titular de la cedula de identidad Nro. 26.237.352, por la presunta comisión del delito de APROPIACION INDEBIDA SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 466 del Código Penal… en consecuencia, los hechos denunciados no se subsumen en ningún tipo penal, siendo en tal virtud ATIPICOS y por lo tanto NO REVISTEN CARÁCTER PENAL; en tal sentido lo procedente y ajustado a derecho en el presente asunto, es decretar el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de JESUS GABRIEL VELASQUEZ SOJO, titular de la cedula de identidad Nro. 26.237.352, conforme al artículo 300, ordinal 2 del Código Orgánico Procesal Penal; decisión ésta que una vez definitivamente firme podrá término al procedimiento con el carácter de cosa juzgada, haciendo cesar las Medidas de coerción que hubiesen sido dictadas, conforme al artículo 301 Ejusdem y así se decide.
DISPOSITIVA Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia Municipal en funciones de Control Nro. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de la ciudadana JESUS GABRIEL VELASQUEZ SOJO, titular de la cedula de identidad Nro. 26.237.352, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, nacido en fecha 14-10-1997, de 18 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio Mecánico, hijo de los ciudadanos CARMEN SOJO (V) Y GUSTAVO VELASQUEZ (V), residenciado en Calle Nueva, Casa N° 7-15, Barrio El Espejo III, Barcelona, Estado Anzoátegui, todo de conformidad con el artículo 300, ordinal 2 del Código Orgánico Procesal Penal; decisión ésta que una vez definitivamente firme podrá término al procedimiento con el carácter de cosa juzgada, haciendo cesar las Medidas de Coerción Personal que hubiesen sido dictadas, así como también la condición de imputado, conforme al artículo 301 Ejusdem; debiéndose remitir oficio a la Unidad de Alguacilazgo participando lo conducente. Notifíquese. Regístrese. Cúmplase.
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL MUNICIPAL
DR. FREDYMIR ALCAZAR
EL SECRETARIO
ABG. REINALDO RODRIGUEZ