REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN BOLÍVAR, DIEGO BAUTISTA URBANEJA, JUAN ANTONIO SOTILLO Y GUANTA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DECIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN BOLÍVAR, DIEGO BAUTISTA URBANEJA, JUAN ANTONIO SOTILLO Y GUANTA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI.-

Puerto La Cruz, 25 de Abril de 2018.
208º y 159º
PARTE SOLICITANTES: Ciudadanos IDALIA JOSEFINA DELGADO BARRETO, VESTALIA DEL VALLE DELGADO DE MARIN, MIGDALIA DEL VALLE DELGADO DE RIVILLA, ISMELIA MARIA DELGADO BARRETO, AMELIA YAJAIRA DELGADO BARRETO, CARMEN MORELIA DELGADO BARRETO , NERY CELIA DELGADO DE BASTARDO, OTILIA ZOBEIDA DELGADO BARRETO ,NOHELIA RAMONA DELGADO BARRETO, ROMELIA ESPERANZA DELGADO BARRETO , venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-3.853.738, V-3.953.621, V-3.953.619, V-4.905.439, V-8.202.127, V-8.202.126. V-8216.439, V-8232.366, V-8.262.859.
APODERADAS JUDICIALES: IRIANGELA DEL MAR VILLARROEL FERMIN Y ROMELIA ESPERANZA DELGADO BARRETO, inscritas en el Inpreabogado bajos los Nro. 94.722 Y 95.406.
ASUNTO: BP02-S-2018-000569
MOTIVO: Solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos.
MATERIA: Civil- Familia.

A fin de emitir pronunciamiento sobre lo peticionado este Tribunal lo hace en los siguientes términos:
I
Mediante escrito presentado por ante la Unidad la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Civil- Barcelona, en fecha 06 de Abril de 2018, cumplido el procedimiento de la distribución del presente Asunto, correspondiendo a este Tribunal, presentado por las abogadas en ejercicio IRIANGELA DEL MAR VILLARROEL FERMIN Y ROMELIA ESPERANZA DELGADO BARRETO, inscritas en el Inpreabogado bajos los Nro. 94.722 Y 95.406 en su carácter de apoderadas judiciales de los Ciudadanos IDALIA JOSEFINA DELGADO BARRETO, VESTALIA DEL VALLE DELGADO DE MARIN, MIGDALIA DEL VALLE DELGADO DE RIVILLA, ISMELIA MARIA DELGADO BARRETO, AMELIA YAJAIRA DELGADO BARRETO, CARMEN MORELIA DELGADO BARRETO, NERY CELIA DELGADO DE BASTARDO, OTILIA ZOBEIDA DELGADO BARRETO, NOHELIA RAMONA DELGADO BARRETO, ROMELIA ESPERANZA DELGADO BARRETO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-3.853.738, V-3.953.621, V-3.953.619, V-4.905.439, V-8.202.127, V-8.202.126. V-8216.439, V-8232.366, V-8.262.859, alego ante este Tribunal que en fecha 27 de junio de 2001, falleció ab-intestato en el Municipio Bolívar, del Estado Anzoátegui su madre, quien en vida se llamara CARMEN BARRETO MATALONI, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nros. V-1.490.418, dejando como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a sus hijos, IDALIA JOSEFINA DELGADO BARRETO, VESTALIA DEL VALLE DELGADO DE MARIN, MIGDALIA DEL VALLE DELGADO DE RIVILLA, ISMELIA MARIA DELGADO BARRETO, AMELIA YAJAIRA DELGADO BARRETO, CARMEN MORELIA DELGADO BARRETO , NERY CELIA DELGADO DE BASTARDO, OTILIA ZOBEIDA DELGADO BARRETO ,NOHELIA RAMONA DELGADO BARRETO, ROMELIA ESPERANZA DELGADO BARRETO, motivo por el cual solicito a este Tribunal que previo interrogatorio de testigos que oportunamente presentara, y a la documentación acompañada a la solicitud, los declare ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de quien en vida se llamara CARMEN BARRETO MATALONI, antes identificada.
II
Al escrito en referencia los ciudadanos IDALIA JOSEFINA DELGADO BARRETO, VESTALIA DEL VALLE DELGADO DE MARIN, MIGDALIA DEL VALLE DELGADO DE RIVILLA, ISMELIA MARIA DELGADO BARRETO, AMELIA YAJAIRA DELGADO BARRETO, CARMEN MORELIA DELGADO BARRETO , NERY CELIA DELGADO DE BASTARDO, OTILIA ZOBEIDA DELGADO BARRETO ,NOHELIA RAMONA DELGADO BARRETO, ROMELIA ESPERANZA DELGADO BARRETO, acompaño la siguiente documentación:
1. COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE DEFUNCIÓN: expedida por la Oficina de Registro Civil, del Municipio Bolívar, Parroquia El Carmen del estado Anzoátegui, asentado bajo los Nos. 469, del 11 de Julio del 2001, Correspondiente a la ciudadana CARMEN BARRETO MATALONI, donde se hace constar que dejo diez hijos de nombres IDALIA JOSEFINA DELGADO BARRETO, VESTALIA DEL VALLE DELGADO DE MARIN, MIGDALIA DEL VALLE DELGADO DE RIVILLA, ISMELIA MARIA DELGADO BARRETO, AMELIA YAJAIRA DELGADO BARRETO, CARMEN MORELIA DELGADO BARRETO , NERY CELIA DELGADO DE BASTARDO, OTILIA ZOBEIDA DELGADO BARRETO ,NOHELIA RAMONA DELGADO BARRETO, ROMELIA ESPERANZA DELGADO BARRETO
2. COPIA CERTIFICADA DE ACTA DE NACIMIENTO: correspondientes a los ciudadanos IDALIA JOSEFINA, VESTALIA DEL VALLE, MIGDALIA DEL CARMEN, ISMELIA MARIA, AMELIA YAJAIRA, NERY CELIA, OTILIA ZOBEIDA, ROMELIA ESPERANZA, donde se hace constar que son hijos de la ciudadana CARMEN BARRETO MATALONI
3. ACTA DE NACIMIENTO: Correspondiente a la ciudadana NOELIA RAMONA donde se hace constar que es hija de la ciudadana CARMEN BARRETO MATALONI
4. COPIA SIMPLE DE LAS CEDULAS DE IDENTIDADES: correspondientes a los ciudadanos IDALIA JOSEFINA DELGADO BARRETO, VESTALIA DEL VALLE DELGADO DE MARIN, MIGDALIA DEL VALLE DELGADO DE RIVILLA, ISMELIA MARIA DELGADO BARRETO, AMELIA YAHAIRA DELGADO BARRETO, CARMEN MORELIA DELGADO BARRETO , NERY CELIA DELGADO DE BASTARDO, OTILIA ZOBEIDA DELGADO BARRETO ,NOHELIA RAMONA DELGADO BARRETO, ROMELIA ESPERANZA DELGADO BARRETO Y CARMEN BARRETO MATALONI.

Este Tribuna le otorga valor probatorio a la documentación antes reseñada, de conformidad con lo establecido en el artículo 1357 del Código Civil, en armonía con el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil.
III
Mediante auto de 10 de Abril de 2018, este Tribunal admite la solicitud en comento y acuerda tomarles declaración a los testigos que presentare la parte interesada. En fecha 23 de abril de 2018, rindieron declaraciones ante este Tribunal los ciudadanos LUIS SATURNO HENRIQUEZ PEREZ Y ISAIDA DEL VALLE QUIJADA RAMOS, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.930.785 y V-18.512.610, respectivamente, quienes bajo juramento declararon a tenor de los particulares contenidos en el Escrito primigenio presentado por el solicitante.
IV
Así las cosas, vista la documentación acompañada a la solicitud en referencia, las declaraciones rendidas por las ciudadanas antes mencionadas, este Tribunal Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial Del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara las presentes actuaciones suficientes para asegurarle a los ciudadanos IDALIA JOSEFINA DELGADO BARRETO, VESTALIA DEL VALLE DELGADO DE MARIN, MIGDALIA DEL VALLE DELGADO DE RIVILLA, ISMELIA MARIA DELGADO BARRETO, AMELIA YAJAIRA DELGADO BARRETO, CARMEN MORELIA DELGADO BARRETO , NERY CELIA DELGADO DE BASTARDO, OTILIA ZOBEIDA DELGADO BARRETO ,NOHELIA RAMONA DELGADO BARRETO, ROMELIA ESPERANZA DELGADO BARRETO , venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-3.853.738, V-3.953.621, V-3.953.619, V-4.905.439, V-8.202.127, V-8.202.126. V-8216.439, V-8232.366, V-8.262.859, Titulo de Perpetua Memoria, en su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de quien en vida se llamara CARMEN BARRETO MATALONI, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nro. V-1.490.418 ya que son las personas llamadas a suceder según el orden de sucesión establecido en los artículos 822 y siguientes del Código Civil quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. ASÍ SE DECIDE.
Déjese nota en el Libro Diario, llevado por este Tribunal en el presente año.-

Publíquese, regístrese, agréguese a los autos.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en Barcelona, a los veinticinco (25) día del mes de Abril de dos mil dieciocho (2018) Años: 208° de la Independencia y 159° de la Federación.
LA JUEZ PROV.,

Dr. DARQUIS TOVAR
LA SECRETARIA ACC,

Abg. JOHANNA NAVARRO RAMOS
DT/ravr