REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, siete de agosto de dos mil dieciocho
208º y 159º
ASUNTO: BP02-N-2016-000065
Visto el escrito de pruebas presentado en fecha 10 de Julio de 2.018, por el abogado Manuel Ledezma, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 220.386, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil Constructora Jorimat 2015 C.A.; el Tribunal, a los fines de pronunciarse sobre el mismo, previamente observa:
De actas se evidencia que en fecha 04 de Julio de 2.018, se efectuó la Audiencia de Juicio en la presente causa, y siendo que el presente escrito fue presentado en fecha 10 de Julio de 2.018, es por lo que el mismo resulta EXTEMPORANEO POR TARDÍO, de conformidad con lo establecido en el articulo 83 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.-
La Juez,
Dra. Mirna Mas y Rubí Spósito.
La Secretaria acc.,
Abg. Solimar Villegas Villarroel.
S.V.
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