REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, siete de agosto de dos mil dieciocho
208º y 159º

ASUNTO: BP02-N-2017-000124

Siendo la oportunidad legal para pronunciarse sobre el escrito de pruebas presentado por la parte demandante, ciudadana LUCERO RAFAELA MARIN, asistida por el abogado Reimundo Mejías, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 116.029, el Tribunal, ADMITE cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva.

La Juez,



Dra. Mirna Mas Y Rubí Spósito

La Secretaria acc,



Abog. Solimar Villegas Villarroel.





W/G.-