REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, siete de agosto de dos mil dieciocho
208º y 159º
ASUNTO: BP02-N-2017-000124
Siendo la oportunidad legal para pronunciarse sobre el escrito de pruebas presentado por la parte demandante, ciudadana LUCERO RAFAELA MARIN, asistida por el abogado Reimundo Mejías, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 116.029, el Tribunal, ADMITE cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva.
La Juez,
Dra. Mirna Mas Y Rubí Spósito
La Secretaria acc,
Abog. Solimar Villegas Villarroel.
W/G.-