REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, ocho de agosto de dos mil dieciocho
208º y 159º
ASUNTO: BP02-Z-2010-000002
Sentencia Interlocutoria Con Fuerza Definitiva.
CAUSA: COLOCACION FAMILIAR EN ENTIDAD DE ATENCION
SOLICITANTES: VERONICA TABARE, abogada ,inscrita en el IPSA, bajo el Nro. 169.115, actuando en este acto como Abogada del Equipo Técnico Multidisciplinario de la Unidad de Protección Integral Pájaro Guradandol , de la Dirección Regional del Insitito Autónomo del Consejo Nacional de Derechos del Niño, Niña y Adolescentes del estado Anzoátegui.-
MADRE: YENIFER DAYANA ROJAS LOPEZ, venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero V-14.123.138.
JOVEN ADULTA: WILIANYELA ROJAS LOPEZ, actualmente de dieciocho (18) años de edad, nacida en fecha 23/08/1999.
Vista la diligencia presentada por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD CIVIL), en fecha primero (01) de Agosto del año 2018, suscrita por la ciudadana VERONICA TABARE, inscrita en el Inpreabogado, bajo el Nro. 169.115, actuando en este acto como Abogada del Equipo Técnico Multidisciplinario de la Unidad de Protección Integral Pájaro Guaradandol , de la Dirección Regional del Insitito Autónomo del Consejo Nacional de Derechos del Niño, Niña y Adolescentes del estado Anzoátegui, y el contenido del mismo; en consecuencia este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sede Barcelona, acuerda agregar a los autos respectivos por cuanto guarda relación con la presente causa, a los fines de que surta sus efectos legales consiguientes. Asimismo revisadas las actas Procesales que conforman el expediente contentivo de la demanda de procedimiento MEDIDA DE PROTECCION, propuesta por la ciudadana ORNELLA PAIUSCO, de nacionalidad Italiana, titular de la cédula de identidad Nº E-81.923.124, domiciliada en la Primera Transversal con Calle B, Nº 41, Qta Ana Teresa, Urbanización Tricentenaria, Barcelona Estado Anzoátegui, a favor de los niños YEAN PIER, WILLIAYELA, WINDER, WILLIAMS Y DENIS ROJAS y por cuanto se evidencia del folio 383 de la pieza II del expediente, la copia certificada de la partida de nacimiento de la joven WILIANYELA ROJAS LOPEZ, actualmente de dieciocho (18) años de edad, nacida en fecha 23/08/1999, lo que significa que la mencionada joven alcanzo la mayoría de edad, en fecha 23/08/2017,y en la actualidad cuenta con dieciocho (18) años de edad; por todo lo antes expuesto, es por lo que éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA PRIMERO: DECRETAR MEDIDA DE EGRESO, de la joven Adulta WILIANYELA ROJAS LOPEZ, actualmente de dieciocho (18) años de edad, nacida en fecha 23/08/1999, de la Unidad de Protección Integral (UPI) , Pájaro Guarandol, Barcelona estado Anzoátegui. SEGUNDO: se ordena oficiar a la Unidad de Protección Integral (UPI) antes señalada, a los fines de informarle del contenido de la medida acordada en la presente sentencia. Y ASI SE DECIDE.
Publíquese, registres, déjese, copia certificada en el Tribunal como lo
Ordenado el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, a los ocho (08) días del mes de Agosto del año Dos Mil diecisiete (2018). Años 208º de la Independencia y 159º de la Federación.
LA JUEZ PROVISORIO.
Abg. AMERICA FERMIN GONZALEZ.
EL SECRETARIO
Abg. JESUS MAITA
En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.
EL SECRETARIO
Abg. JESUS MAITA
AFG/StephanieCorreia.-
|