REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los
Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo
y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Guanta, 06 de Agosto de 2018
208º y 159º
Solicitante: CARMEN DE VALLE CASTRO DE MUÑOZ, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro V-480.080.-
Abogada Asistente: MERCEDES SALAZAR, inscrita en el I.P.S.A. bajo Nro 113.675.-
Pretensión: ÙNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
ASUNTO: BP02-S-2018-001178
Vista la solicitud de DECLARACIÒN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana CARMEN DE VALLE CASTRO DE MUÑOZ, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro V-480.080, actuando en nombre propio y en representación de los ciudadanos Paula Díaz de Castro, María del Rosario Castro de Barrios, Adriana Isabel Castro de Diaz, Nidia Castro de Garcías, Betty Castro de Prado, Julio Cesar Castro Díaz, Ana Tibisay Castro Díaz, José Jesús Castro Díaz, Leonardo Enrique Castro Díaz, Paula Rosa Castro Díaz, Pedro Rafael Castro Díaz, Jesús Rafael Castro Rodríguez, José Guillermo Castro Rodríguez, Carmen del Valle Castro de Muñoz, Nelson Rafael Castro Rodríguez, Rubel Castro Rodríguez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedula de identidad Nros V- 1.181.110, V- 3.958.780, V-8.341.538, V-8.311.953, V- 5.188.522, V- 8.338.593, V-8.330.554, V-8.307.548, V- 12.575.275, V- 14.076.437. V- 8.311.528, V- 3.140.651, V-3.414.611, V- 8.311.531, V- 4.500.080, V- 5.601.205, respectivamente, asistida por la Abogada en ejercicio Mercedes Salazar, inscrita en el Inpreabogado bajo Nro 113.675, mediante la cual solicita que sean declarados como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de Cujus JESUS RAFAEL CASTRO, quien era venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-480.080, fallecido Ab-Intestato, el 06 de Junio de 1992, en la ciudad de Puerto la Cruz, Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui. Asimismo, visto los recaudos acompañados y las declaraciones de los ciudadanos Belkis Juana Rodríguez Portugués y Noreida Encarnacion Chorasmo de Santarrosa, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.338.292 y V-4.495.032, respectivamente.-
Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones suficientes y bastantes para asegurarles a los ciudadanos Carmen del Valle Castro de Muñoz, Paula Díaz de Castro, María del Rosario
Castro de Barrios, Adriana Isabel Castro de Díaz, Nidia Castro de Garcías, Betty Castro de
Prado, Julio Cesar Castro Díaz, Ana Tibisay Castro Díaz, José Jesús Castro Díaz, Leonardo Enrique Castro Díaz, Paula Rosa Castro Díaz, Pedro Rafael Castro Díaz, Jesús Rafael Castro Rodríguez, José Guillermo Castro Rodríguez, Carmen del Valle Castro de Muñoz, Nelson Rafael Castro Rodríguez, Rubel Castro Rodríguez, anteriormente identificados, sus condiciones de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Causante JESUS RAFAEL CASTRO, también identificado, dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros. Asimismo, se acuerda expedir por Secretaría Cuatro (04) juegos de copias certificadas de la presente Decisión, de conformidad con lo establecido en el artículo 111 y siguiente del Código de Procedimiento Civil. Igualmente, devuélvase original a la parte solicitante y déjese nota en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año. ASÍ SE DECIDE.-
LA JUEZ SUPLENTE
Abog. ROSLEY BARRIOS FLORES
LA SECRETARIA ACC,
ABOG. ARIANNYS TABATA MATA
En esta misma fecha y siendo las 01:20 p.m., se dictó y publicó la anterior Sentencia.-
LA SECRETARIA ACC,
ABOG. ARIANNYS TABATA MATA
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
CON FUERZA DE DEFINITIVA
RBF-ARIANNYS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los
Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo
y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Guanta, 06 de Agosto de 2018
208º y 159º
Solicitante: CARMEN DE VALLE CASTRO DE MUÑOZ, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro V-480.080.-
Abogada Asistente: MERCEDES SALAZAR, inscrita en el I.P.S.A. bajo Nro 113.675.-
Pretensión: ÙNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
ASUNTO: BP02-S-2018-001178
Vista la solicitud de DECLARACIÒN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana CARMEN DE VALLE CASTRO DE MUÑOZ, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro V-480.080, actuando en nombre propio y en representación de los ciudadanos Paula Díaz de Castro, María del Rosario Castro de Barrios, Adriana Isabel Castro de Diaz, Nidia Castro de Garcías, Betty Castro de Prado, Julio Cesar Castro Díaz, Ana Tibisay Castro Díaz, José Jesús Castro Díaz, Leonardo Enrique Castro Díaz, Paula Rosa Castro Díaz, Pedro Rafael Castro Díaz, Jesús Rafael Castro Rodríguez, José Guillermo Castro Rodríguez, Carmen del Valle Castro de Muñoz, Nelson Rafael Castro Rodríguez, Rubel Castro Rodríguez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedula de identidad Nros V- 1.181.110, V- 3.958.780, V-8.341.538, V-8.311.953, V- 5.188.522, V- 8.338.593, V-8.330.554, V-8.307.548, V- 12.575.275, V- 14.076.437. V- 8.311.528, V- 3.140.651, V-3.414.611, V- 8.311.531, V- 4.500.080, V- 5.601.205, respectivamente, asistida por la Abogada en ejercicio Mercedes Salazar, inscrita en el Inpreabogado bajo Nro 113.675, mediante la cual solicita que sean declarados como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de Cujus JESUS RAFAEL CASTRO, quien era venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-480.080, fallecido Ab-Intestato, el 06 de Junio de 1992, en la ciudad de Puerto la Cruz, Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui. Asimismo, visto los recaudos acompañados y las declaraciones de los ciudadanos Belkis Juana Rodríguez Portugués y Noreida Encarnacion Chorasmo de Santarrosa, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.338.292 y V-4.495.032, respectivamente.-
Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones suficientes y bastantes para asegurarles a los ciudadanos Carmen del Valle Castro de Muñoz, Paula Díaz de Castro, María del Rosario
Castro de Barrios, Adriana Isabel Castro de Díaz, Nidia Castro de Garcías, Betty Castro de
Prado, Julio Cesar Castro Díaz, Ana Tibisay Castro Díaz, José Jesús Castro Díaz, Leonardo Enrique Castro Díaz, Paula Rosa Castro Díaz, Pedro Rafael Castro Díaz, Jesús Rafael Castro Rodríguez, José Guillermo Castro Rodríguez, Carmen del Valle Castro de Muñoz, Nelson Rafael Castro Rodríguez, Rubel Castro Rodríguez, anteriormente identificados, sus condiciones de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Causante JESUS RAFAEL CASTRO, también identificado, dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros. Asimismo, se acuerda expedir por Secretaría Cuatro (04) juegos de copias certificadas de la presente Decisión, de conformidad con lo establecido en el artículo 111 y siguiente del Código de Procedimiento Civil. Igualmente, devuélvase original a la parte solicitante y déjese nota en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año. ASÍ SE DECIDE.-
LA JUEZ SUPLENTE
Abog. ROSLEY BARRIOS FLORES
LA SECRETARIA ACC,
ABOG. ARIANNYS TABATA MATA
En esta misma fecha y siendo las 01:20 p.m., se dictó y publicó la anterior Sentencia.-
LA SECRETARIA ACC,
ABOG. ARIANNYS TABATA MATA
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
CON FUERZA DE DEFINITIVA
RBF-ARIANNYS
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