REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, nueve de agosto de dos mil dieciocho
208º y 159º

ASUNTO: BP02-J-2018-000471
SETENCIA INTERLOCUTORIA.
ASUNTO: Divorcio de Conformidad con el Articulo 185-A del Código Civil, DIVORCIO POR MUTUO ACUERDO.
DEMANDANTES: EDWIN JAVIER MEJIAS VASQUEZ titular de la cedula de identidad Nro.15.416.789, y MILAGROS DEL VALLE GONZALES BRITO titular de la cedula Nro.15.416.448.
ABOGADO ASISTENTE: ROBERT MAJIAS mayor de edad inscrito bajo el inpreabogado Nro.215.512.

HIJOS: La niña: Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente)

Revisada las actas procesales que conforman el presente expediente signado bajo el Nro. BP02-J-2018-000471, contentivo de la solicitud de DIVORCIO 185-A DIVORCIO POR MUTUO ACUERDO. presentada por los ciudadanos: EDWIN JAVIER MEJIAS VASQUEZ titular de la cedula de identidad Nro.15.416.789, y MILAGROS DEL VALLE GONZALES BRITO titular de la cedula Nro.15.416.448, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio ROBERT MAJIAS mayor de edad inscrito bajo el inpreabogado Nro.215.512, mediante la cual solicitan la disolución del vinculo conyugal, en donde se encuentra involucrados La niña: Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) ; en consecuencia esta Juez del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, acuerda dejar SIN EFECTO auto de fecha 09 de agosto de 2018 dictado por este Tribunal, y se ordena agregar y dictar sentencia dentro del quinto (5to) día de despacho siguientes al presente auto. Cúmplase.

LA JUEZA PROVISORIA

ABG. SULEIMA PEREZ GARCIA

LA SECRETARIA

ABG. SONIA ALFARO.

En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en el conste.-
LA SECRETARIA

ABG. SONIA ALFARO.
SPG/JohnnyR-