REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, cuatro de diciembre de dos mil dieciocho
208º y 159º
ASUNTO: BP02-N-2014-000208.
Vista la diligencia de fecha 20 de noviembre de 2018, suscrita por la ciudadana Alida del Valle Patiño García, cedula de identidad Nº 8.300.227, debidamente asistida por el Abogado Carlos Guaicara, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 42.416, este Tribunal se abstiene de proveer lo solicitado, en virtud de que la Sentencia dictada por este Juzgado Superior ya cumplió su fin, por cuanto consistía en que una vez firme la decisión, la misma debería registrarse por ante el Registro correspondiente y se estamparan las pertinentes notas marginales. Y ahora bien, por cuanto se evidencia de la consignación realizada por el Alguacil de este Juzgado que en fecha 30 de octubre de 2018, fue debidamente notificado el Registrador de la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, se puede constatar el fiel cumplimiento de la naturaleza del fallo. Y así se decide.-
La Juez,
Dra. Mirna Mas y Rubí Spósito.
La Secretaria Acc,
Abog. Solimar Villegas Villarroel
J/g.-
|