REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


TRIBUNAL DECIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN BOLÍVAR, DIEGO BAUTISTA URBANEJA,
JUAN ANTONIO SOTILLO Y GUANTA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO ANZOÁTEGUI

Puerto La Cruz, (05) de Diciembre 2018.

208° y 159°

SOLICITANTE: Ciudadano ERICSON ANDRES FLORES MOROS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-19.316.000
ABOGADO ASISTENTE: abogado JULIO FARIÑAS, Inpreabogado Nro. 95.374.
PRETENSIÓN: RECTIFICACIÓN DE ACTAS DE NACIMIENTO.-
EXPEDIENTE: BP02-S-2018-001804.

NARRATIVA

Vista la anterior solicitud presentado por el Ciudadano ERICSON ANDRES FLORES MOROS, asistido en este acto por el abogado JULIO FARIÑAS, Inpreabogado Nro. 95.374, Mediante la cual solicita se Rectifique el Acta de Nacimiento Nro.2.737,página 493, del año 1990, correspondiente a la ciudadana CARMEM ROCIO MOROS GAMBOA, venezolana, titular de la cedula de identidad Nº V-12.209.055, como: natural de Ureña Estado Táchira, siendo lo correcto que es natural de Escobal, Cúcuta, al Norte de Santander, Colombia.

En fecha 30 de Octubre de 2018, se dictó auto dándole entra a la presente solicitud.

En fecha 02 de Noviembre de 2018, este tribunal a los fines de pronunciarse sobre su admisión, instó a la parte solicitante a consignar copia certificada del acta de nacimiento de la ciudadana Carmen Roció Moros Gamboa, para lo cual se concedió un lapso de 30 días continuo
.
En fecha 16 de Noviembre de 2018, compareció ERICSON ANDRES FLORES MOROS, debidamente asistido por la abogada en ejercicio Mercedes Salazar Pacheco, inscrita en le Inpreabogado bajo el Nº 113.675, quien consignó acta de nacimiento de la ciudadana Carmen Roció Moros Gamboa, a los fines de dar cumplimiento a lo solicitado por este tribunal en fecha 02 de Noviembre de 2018.

En fecha 19 de Noviembre de 2018, se dictó auto admitiendo la presente solicitud. Asimismo se acordó la Citación de la Fiscal Décima Tercera del Ministerio Publico a los fines de que comparezca a formular objeción que hubiere lugar en relación a la presente Solicitud, en esta misma fecha se libró la correspondiente boleta de Citación, en esta misma fecha se libró cartel de emplazamiento el cual deberá ser publicado en el diario Ultimas Noticias todo de conformidad con los artículos 769 y 770 del Código Procedimiento Civil Venezolano en concordancia con el articulo 149 y siguientes de la ley Orgánica del Registro Civil Vigente.

En fecha 29 DE Noviembre 2018, compareció el ciudadano Ericson Andrés Flores Moros debidamente asistido por la abogada en ejercicio abogada Kemberly Alzate, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 223.480, a los fines de consignar cartel publicado en el diario Ultima Noticia del día 29 de Noviembre 2018, en esta misma fecha, se recibió diligencia suscrita por el alguacil de este Juzgado, mediante el cual consignó boleta de Citación debidamente firmada por la Fiscalía Décimo Tercera del Ministerio Público, quien emitió pronunciamiento favorable en la solicitud en comendo.


Junto al escrito de solicitud se acompañó la siguiente documentación:
1. ACTA DE NACIMIENTO: expedida por la Oficina de Registro Civil del Municipio Juan Antonio Sotillo, del estado Anzoátegui, asentado bajo el Nro.2.737, página 493, del año 1990, correspondiente al ciudadano ERICSON ANDRES FLORES MOROS.
2. ACTA DE NACIMIENTO: Datos filiatorios emitidos por el servicio Administrativa de Identificación Migración y Extranjería (SAIME).

Visto los documentos públicos acompañados, a los cuales el Tribunal confiere pleno valor probatorio, a tenor de lo previsto en los artículos 1359, 1360 y 1363 del Código Civil Venezolano vigente; y en base a las actas consignadas, se evidencia plenamente el error señalado en la solicitud, en cuanto al lugar de nacimiento de la ciudadana Carmen Roció Moros Gamboa siendo lo correcto natural Escobal, Cúcuta, Norte de Santander Colombia, por lo que considera quien juzga que la presente solicitud debe prosperar.

DECISIÓN
Por las razones que anteceden, este Juzgado Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan A Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la presente solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO Se ordena oficiar al Registrador Principal del Estado Anzoátegui, así como, al Registro Civil del Municipio Juan Antonio Sotillo, del estado Anzoátegui, a los fines de que se sirva insertar la correspondiente Nota Marginal en la Partida de Nacimiento Nro.2.737, del Libro de Registro Civil de Nacimientos del año 1990.- Ofíciese lo conducente a los mencionados organismos y remítase Copias Certificadas de la Presente Decisión. Y ASÍ DECIDE.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Tribunal Decimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. En Puerto La Cruz, a los Cinco (05) días del mes de Diciembre de dos mil dieciocho (2018). Años: 208° de la Independencia y 159° de la federación.-
EL JUEZ PROVISRIO.,


DARQUIS TOVAR
LA SECRETARIA,


JOHANNA NAVARRO RAMOS


En la misma fecha de hoy, se publicó la anterior decisión, siendo las 09:00 de la mañana. Conste.-




LA SECRETARIA,

JOHANNA NAVARRO RAMOS.




Nº BP02-S-2018-001804
DT/jgm.-