REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Barcelona, diecinueve de enero de dos mil dieciocho
207º y 158º
ASUNTO: BP02-N-2016-000056
Siendo la oportunidad legal para pronunciarse sobre el escrito de pruebas presentado en fecha nueve (9) de enero de 2018, por el ciudadano Reimundo Mejías La Rosa, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 116.029, con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Yubert José Gómez Perdomo, cédula de identidad Nº 13.169.760, parte demandante, este Tribunal la ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser ilegales e impertinentes, la Prueba Documental contenida en el particular Nº 1, salvo su apreciación en la sentencia definitiva.
La Juez
La Secretaria,
Dra. Mirna Mas y Rubi Sposito.
Abog. Marieugelys García Capella.
A.A.
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