REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Barcelona, veinticuatro de enero de dos mil dieciocho
207º y 158º

ASUNTO: BP02-N-2017-000195

ACCIONANTE: La Ciudadana: Mathsybe Raquel Sabino Barrios, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.979.752, con domicilio en la ciudad de Barcelona, Estado Anzoátegui.
PARTE ACCIONADA: Contraloría Municipal del Municipio Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui.

JUICIO: Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial.
MOTIVO: Homologación.

Visto que en fecha diecinueve (19) de enero de 2018, la ciudadana Mathsybe Raquel Sabino Barrios, asistida por el ciudadano José Guaramaima, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 268.168, procedió a desistir del presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto contra la Contraloría Municipal del Municipio Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui, este Tribunal por cuanto el mismo está ajustado a derecho ordena homologar el desistimiento interpuesto y así se decide.
En consecuencia, este Juzgado Superior Estadal Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: La HOMOLOGACIÓN del desistimiento interpuesto, de conformidad con el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, en los términos expuestos con todas las consecuencias de ley.
Segundo: Se da por terminado el juicio que por Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, incoara la ciudadana Mathsybe Raquel Sabino Barrios, contra la Contraloría Municipal del Municipio Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui.
Tercero: Se ordena la remisión del presente expediente al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial.
Déjese copia certificada.
La Jueza,
La Secretaria,
Dra. Mirna Mas y Rubí Spósito.
Abg. Marieugelys García Capella.

A.A.