REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Edo. Anzoátegui
Barcelona, diecinueve de enero de dos mil dieciocho
207º y 158º

ASUNTO: BP02-S-2015-000052
Vista la anterior diligencia suscrita por el abogado EMILIO CESAR MINGUET CARVAJAL, inscrito en el IPSA bajo el Nº 175.002, mediante el cual presentan acuerdo de TRANSACCION suscrito por las partes ante la Notaria Publica del Municipio Sotillo, el cual corre inserto bajo el nº 27, tomo 421, folios 144 al 149 de los libros de autenticación llevados por dicha notaria; este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.713 del Código Civil, HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes la referida transacción, en los mismos términos y condiciones suscrita por ellos y se procede como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.- Así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.-
Así se decide, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
A los fines establecidos en el articulo 248 del Código de Procedimiento Civil, certifíquese por Secretaria copia de esta decisión.
Publíquese, regístrese, agréguese a los autos.
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en Barcelona, a los diecinueve (19) días del mes de enero de dos mil dieciocho (2.018) Años 207 de la Independencia y 158º de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO,

Abg. JOSÉ MANUEL RODRÍGUEZ. EL SECRETARIO,


Abg. WINSTON ALFONSO MAITA.
En ésta misma fecha, siendo las (12:15 PM.), se dictó y publicó la anterior Sentencia. Conste.
EL SECRETARIO,


Abg. WINSTON ALFONSO MAITA.

JMR/Kia