REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Barcelona, ocho de febrero de dos mil dieciocho
207º y 158º

ASUNTO: BP02-N-2017-000002

Siendo la oportunidad legal para pronunciarse sobre el escrito de pruebas presentado en fecha treinta (30) de enero de 2018, por el ciudadano Reimundo Mejías La Rosa, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 116.029, con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana Nailibeth del Carmen Acosta Muñoz, cédula de identidad Nº 14.837.822, parte demandante, este Tribunal las ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser ilegales e impertinentes, la Prueba Documental contenida en el Capitulo Nº 1, salvo su apreciación en la sentencia definitiva.
La Juez

La Secretaria,

Dra. Mirna Mas y Rubi Sposito.

Abog. Marieugelys García Capella.

A.A.