REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Barcelona, ocho de febrero de dos mil dieciocho
207º y 158º

ASUNTO: BP02-R-2017-001095

Vista la diligencia de fecha veintiocho (28) de Noviembre del año 2017, suscrita por los abogados FERNANDO FERNANDEZ y OCTAVIO CASTELLANOS, venezolanos, mayores de edad e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 120.541 y 29.658, en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora en el presente asunto, y visto el contenido de la misma, este Tribunal, HOMOLOGA el desistimiento del presente Recurso de Apelación en los mismos términos y lo tomo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, en consecuencia, ordena la remisión del presente expediente adjunto a oficio al Juzgado A quo. Líbrese Oficio y remítase el expediente.-
La Juez Provisorio
La Secretaria Acc.,

Abg. Coralid Jaramillo
Abg. Belitza Velásquez.-

CJ/AJV