REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Barcelona, ocho de febrero de dos mil dieciocho
207º y 158º
ASUNTO: BP02-R-2017-001117
Vista la diligencia de fecha 1 de Febrero del año 2018, suscrita por los abogados FERNANDO FERNANDEZ y OCTAVIO CASTELLANOS, venezolanos, mayores de edad e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 120.541 y 29.658, en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora, y visto el contenido de la misma, este Tribunal, HOMOLOGA el desistimiento del presente Recurso de Hecho en los mismos términos y lo tomo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, en consecuencia, visto que en el presente recurso no queda nada por decidir, se da por terminado y, este Tribunal, ordena su remisión al Archivo Judicial. Cúmplase.-
La Juez Provisorio
La Secretaria Acc.,
Abg. Coralid Jaramillo
Abg. Belitza Velásquez.-
CJ/AJV
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