REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, dieciséis de febrero de dos mil dieciocho
207º y 158º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-M-2017-000016
ASUNTO: BP12-M-2017-000016

Visto el escrito presentado por el ciudadano RODOLFO GUITERREZ OLAVE, venezolano, mayor de edad, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N” 37.906, actuando con el carácter de Endosatario en Procuración del ciudadano ANGEL GABRIEL ROBLES PINO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N” 13.259.999, parte demandante en el juicio de COBRO DE BOLIVARES, seguido por el procedimiento por intimación, incoado contra el ciudadano RAFAEL ANTONIO TILLERO FUENMAYOR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N” 13.031.553, y domiciliado en la Avenida 7 entre calles 7 y 8 casa s/n de la ciudad de El Tigre, Municipio Simon Rodríguez del Estado Anzoátegui, mediante la cual desiste del presente procedimiento y de la acción, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal HOMOLOGA dicho desistimiento en la misma forma, términos y condiciones por él expresado, ello de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo preceptuado por el artículo 263 ejusdem.-
Tal como fue solicitado por la parte actora, devuélvanse los instrumentos originales acompañados con la demanda, previa su certificación en los autos, para lo cual se insta a la parte interesada a suministrar los fotostatos correspondientes.
En vista del pronunciamiento anterior, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo de este expediente.-Así se decide Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Cúmplase lo ordenado.
EL JUEZ.

ANTONIO JESUS VARGAS VARGAS
LA SECRETARIA.

Abg. MIGUELINA PEREZ ROMERO