REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN BOLÍVAR, DIEGO BAUTISTA URBANEJA, JUAN ANTONIO SOTILLO Y GUANTA.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN BOLÍVAR, DIEGO BAUTISTA URBANEJA,
JUAN ANTONIO SOTILLO Y GUANTA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI.-
Puerto La Cruz, veintiuno (21) de febrero del año dos mil dieciocho (2018).


207° y 159°

SOLICITANTE: Ciudadano MANUEL ANTONIO DA SILVA CARRASQUEIRA, portugués, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº E-81.460.648.-

PRETENSIÓN: Titulo Supletorio de Posesión.-

ASUNTO: BP02-S-2017-002035.-

Vista la solicitud de TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por el ciudadano MANUEL ANTONIO DA SILVA CARRASQUEIRA, anteriormente identificado, asistido por el abogado CARLOS SILVA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 63.320, mediante la cual solicita se le declare TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN, sobre el vehículo con las siguientes características: Tractor Marca: John Deere; Modelo: 3140, Serial del Motor: CD6359D712708; Tipo: 6359DL04; Serial del Chasis: 584709; de fabricación Alemana. Asimismo, vistas las declaraciones de los ciudadanos WILLIANS JOSÉ BLANCO y JOSÉ RAMÓN MARTÍNEZ FERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, solteros, el primero domiciliado en la vereda Nº 1, casa Nº 1, calle sucre, Barcelona, Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui y el segundo en la calle sucre, barrio sucre, casa Nº 6, Barcelona, Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.252.167 y V-8.282.469, respectivamente, y por cuanto no ha habido oposición de terceros, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN, al solicitante ciudadano MANUEL ANTONIO DA SILVA CARRASQUEIRA, anteriormente identificado, sobre el vehículo antes especificado, dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros. De este modo, devuélvase original a la parte solicitante y déjese nota en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año. Y ASÍ SE DECIDE.-
LA JUEZ PROVISORIO,

MIRLA JOSEFINA MATA ROJAS

EL SECRETARIO,

JOHNNY BOLÍVAR











MJMR/ec
Asunto Nº BP02-S-2017-002035