REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Barcelona, veinte de junio de dos mil dieciocho
208º y 159º
ASUNTO: BP02-N-2017-000028
Siendo la oportunidad legal para pronunciarse sobre el escrito de pruebas presentado por las abogadas Daniela Sánchez, Yelitza Ricardi y otros, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 106.464 y 120.582 respectivamente, en sus caracteres de apoderados judiciales del Instituto Autónomo de Policía del Estado Anzoátegui, el Tribunal, ADMITE cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva.
La Juez,
Dra. Mirna Mas Y Rubí Spósito
La Secretaria,
Abog. Marieugelys García Capella.
S.V.