REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiocho de junio de dos mil dieciocho
208º y 159º
ASUNTO: BP02-N-2016-000185
Siendo la oportunidad legal para que el tribunal se pronuncie con relación a las pruebas promovidas por el Abogado Reimundo Mejías, apoderado judicial de la parte recurrente, por cuanto no son ilegales ni impertinentes, el Tribunal las ADMITE cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva.
La Juez,
Dra. Mirna Mas y Rubí Spósito
La Secretaria,
Abog. Marieugelys García Capella
w.g.-