SENTENCIA INTERLOCUTORIA
CON FUERZA DE DEFINITIVA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del estado Anzoátegui
Barcelona, quince de junio de dos mil dieciocho
208º y 159º
ASUNTO: BP02-S-2018-000887
PARTE SOLICITANTE Ciudadana GEORGINA DEL CARMEN MARTINEZ DE CANELON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V- 4.904.473.
ABOGADO ASISTENTE NATHALY DEL CARMEN CARRASQUEL RANGEL, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 129.005.
MOTIVO SOLICITUD DE DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
MATERIA CIVIL- FAMILIA.
Con fundamento en la Resolución Nº. 2009- 0006, de fecha 18 de marzo de 2009, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº. 39.152, de fecha 02 de abril de 2009, la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Civil- Barcelona, procedió a la distribución del presente Asunto, correspondiendo a este Tribunal.
A fin de emitir pronunciamiento sobre lo peticionado este Tribunal lo hace en los siguientes términos:
I
Mediante escrito de fecha 24 de Mayo de 2018, la ciudadana GEORGINA DEL CARMEN MARTINEZ DE CANELON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V- 4.904.473, debidamente asistida por la abogada en ejercicio NATHALY DEL CARMEN CARRASQUEL RANGEL, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.129.005, alego ante este Tribunal que en fecha 06 de Marzo de 2018, falleció ab-intestato, en la ciudad de Barcelona, Estado Anzoátegui, quien en vida se llamara JOSE DE LA CRUZ MARTINEZ GUEVARA, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nro. V- 456.344, de 89 años de edad, domiciliado en Brisas del Neveri, Calle 17 de Diciembre, Casa Nro 15 Barcelona, Estado Anzoátegui, y quien en vida fuera el padre de sus hijos, dejando como sus UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a sus hijos CESAR NICOLAS MARTINEZ, GEORGINA DEL CARMEN MARTINEZ DE CANELON y JOSE DEL VALLE MARTINEZ (fallecido), quien deja como descendientes sus hijos GABRIELA DEL VALLE MARTINEZ MORALES, JOSE FELIX MARTINEZ GONZALEZ , MARIA DEL VALLE MARTINEZ GONZALEZ, DOMINGO JOSE MARTINEZ URRUTIA, GABRIEL DE LA CRUZ MARTINEZ CACHARUCO, FERNANDO JOSE MARTINEZ CACHARUCO y XIOMARA ANGELICA MARTINEZ CACHARUCO; venezolanos, mayores de edad, portadores de las cedulas de identidad Nros. 4.219.670, 4.904.473, 3.558.302, 11.042. 024, 14.850. 900, 16. 590. 304, 8.218. 811, 8. 283. 026, 13.368. 015 y 8. 246. 375, respectivamente, motivo por el cual pide a este Tribunal que previo interrogatorio de testigos que oportunamente presentara, y a la documentación acompañada a la solicitud, los declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de quien en vida se llamara, JOSE DE LA CRUZ MARTINEZ GUEVARA, antes identificado.
II
Al escrito en referencia la ciudadana GEORGINA DEL CARMEN MARTINEZ DE CANELON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V- 4.904.473, asistida en este acto por la abogada en ejercicio NATHALY DEL CARMEN CARRASQUEL RANGEL, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 129.005, acompañan la siguiente documentación:
Copia certificada del ACTA DE DEFUNCION de quien en vida se llamara, JOSE DE LA CRUZ MARTINEZ GUEVARA, titular de la cedula de identidad Nro V- 456.344, inserta bajo el Nro 600, Folio 100, Tomo 3, de fecha 07 de marzo de 2018, expedida por el Registro Civil, del Municipio Simon Bolívar, Parroquia San Cristóbal, donde consta que el mencionado ciudadano falleció en fecha 06 de marzo del 2018, a las 8:50 AM, en el Municipio Bolívar, Parroquia San Cristóbal, de 89 años de Edad, de estado Civil Divorciado, natural de esta ciudad.
Copia certificada del ACTA DE DEFUNCION, correspondiente a JOSE DEL VALLE MARTINEZ GUEVARA, inserta bajo el Nro 190, Tomo I, del año 2013, N° V- 3.588.302, era natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, en la que el Funcionario o Funcionaria encargado o encargada de levantar el acta asentó que falleció en fecha 15 de agosto de 2017, a la edad de 66 años de edad. Que de su unión con María Elena Morales, procreo una hija, quien lleva por nombre GABRIELA DEL VALLE MARTINEZ MORALES. Que de su unión con la ciudadana MARIA JOSE GONZALEZ DE MARTINEZ, procreo dos hijos , quienes llevan por nombre JOSE FELIX MARTINEZ GONZALEZ y MARIA DEL CARMEN MARTINEZ GONZALEZ.
COPIAS CERTIFICADAS DE LAS ACTAS DE NACIMIENTO DE LOS CIUDADANOS: CESAR NICOLAS, en la que el Funcionario o Funcionaria encargada de levantar el acta asentó que es hijo de María del Carmen Guevara de Martínez y de su esposo José de la Cruz Martínez.
GEORGINA DEL CARMEN, en la que el Funcionario o Funcionaria encargada de levantar el acta asentó que es hijo de María del Carmen Guevara de Martínez y de su esposo José de la Cruz Martínez.
DOMINGO JOSE, en la que el Funcionario o Funcionaria encargada de levantar el acta asentó que es hijo de María Urrutia de Martínez y de su esposo José de la Cruz Martínez.
GABRIEL DE LA CRUZ, en la que el Funcionario o Funcionaria encargada de levantar el acta asentó que es hijo de Mercedes Cacharuco y de José de la Cruz Martínez.
FERNANDO JOSE, en la que el Funcionario o Funcionaria encargada de levantar el acta asentó que es hijo de Mercedes Maria Cacharuco y de José de la Cruz Martínez.
XIOMARA ANGELICA en la que el Funcionario o Funcionaria encargada de levantar el acta asentó que es hija de Mercedes Maria Cacharuco y de José de la Cruz Martínez.
GABRIELA DEL VALLE, en la que el Funcionario o Funcionaria encargada de levantar el acta asentó que es hija de Maria Elena Morales de Martínez y de José del Valle Martínez.
JOSE FELIX, en la que el Funcionario o Funcionaria encargada de levantar el acta asentó que es hija de Maria José González de Martínez y de José del Valle Martínez.
MARIA DEL CARMEN, en la que el Funcionario o Funcionaria encargada de levantar el acta asentó que es hija de Maria José González de Martínez y de José del Valle Martínez Guevara.
III
Mediante auto de 01 de Junio de 2018, este Tribunal admite la solicitud en comento y acuerda tomarles declaración a los testigos que presente la parte interesada.
En fecha 11 de Junio de 2018, rindió declaraciones ante este Tribunal los ciudadanos, HENRY ELENA SIFONTES TENORIO y ROSA BEATRIZ MONTOYA PASQUALINI, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad números N° V- 5.191.739 y N° V- 14.140.739 respectivamente, quienes bajo juramento declararon, que conocieron de vista, trato y comunicación a quien en vida se llamara JOSE DE LA CRUZ MARTINEZ GUEVARA. Que les consta que fue el padre de los ciudadanos CESAR NICOLAS MARTINEZ, GEORGINA DEL CARMEN MARTINEZ, DOMINGO JOSE MARTINEZ, GABRIEL DE LA CRUZ MARTINEZ, FERNANDO JOSE MARTINEZ, XIOMARA ANGELICA MARTINEZ, de JOSE DEL VALLE MARTINEZ – fallecido- , quien dejo como descendientes a sus hijos GABRIELA DEL VALLE MARTINEZ MORALES, JOSE FELIX MARTINEZ GONZALEZ, MARIA DEL VALLE MARTINEZ, quienes actúan en representación del fallecido JOSE DEL VALLE MARTINEZ (fallecido)
IV
Este Tribunal, con vista a la documentación acompañada a la solicitud en referencia, a las declaraciones rendidas por los ciudadanos antes mencionados, declara las presentes actuaciones suficientes Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarles a los ciudadanos CESAR NICOLAS MARTINEZ , GEORGINA DEL CARMEN MARTINEZ, DOMINGO JOSE MARTINEZ URRUTIA, GABRIEL DE LA CRUZ MARTINEZ CACHARUCO, FERNANDO JOSE MARTINEZ CACHARUCO, XIOMARA ANGELICA MARTINEZ CACHARUCO y en por representación de JOSE DEL VALLE MARTINEZ, fallecido, entran sus hijos GABRIELA DEL VALLE MARTINEZ MORALES, JOSE FELIX MARTINEZ GONZALEZ Y MARIA DEL VALLE MARTINEZ GONZALEZ , venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros V- 4.219.670, V-4.904.473, V-8.218.811, V-8.283.026, V-13.368.015, V-8.246.375, V-3.558.302 ,V-11.042.024, V-14.850.900, y V-16.590.304 , respectivamente, sus condiciones de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de quien en vida se llamara, de JOSE DE LA CRUZ MARTINEZ GUEVARA, titular de la cedula de identidad Nro V- 456.344, domiciliado en Brisas del Neveri, Calle 17 de Diciembre, Casa Nro 15, Barcelona Estado Anzoátegui; quien falleció en fecha 06 de Marzo de 2018, conforme consta del Acta de Defunción acompañada a la solicitud que motiva la presente decisión. Quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
Conforme fue solicitado, expida por secretaria tres copias certificadas de las presentes actuaciones, todo conforme a lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
Hágase entrega a la parte interesada de las presentes actuaciones en original. Así se decide.
A los fines establecidos en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, armonía con los artículos 111 y 112 , este Tribunal acuerda expedir por Secretaria copia certificada de la presente decisión.
Se deja expresa constancia que la competencia de este Tribunal de Municipio para conocer sobre el Asunto en comento, le fue atribuida mediante Resolución Nº. 2009- 0006, de fecha 18 de marzo de 2009, en su artículo 3, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº. 39.152, de fecha 02 de abril de 2009.
Publíquese, regístrese, agréguese a los autos.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en Barcelona, a los quince (15) días del mes de Junio de dos mil dieciocho (2018) Años: 208° de la Independencia y 159° de la Federación.
La Juez Provisorio,
Abg. María Eugenia Pérez.
La Secretaria
Abg. Faviola Cabello
En la misma fecha, 15/06/2018, siendo la 01:54:59 p.m., se dicto y publico la decisión anterior. Conste.
La Secretaria
Abg. Faviola Cabello
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