SENTENCIA INTERLOCUTORIA
CON FUERZA DE DEFINITIVA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del Edo. Anzoátegui
Barcelona, cuatro de junio de dos mil dieciocho
208º y 159º
ASUNTO: BP02-S-2018-000824
PARTE SOLICITANTE: ANGEL CELESTINO SIFONTES SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.324.746.
ABOGADA ASISTENTE MERCEDES COROMOTO SALAZAR PACHECO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 113.675.
MOTIVO: SOLICITUD DE DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
MATERIA: CIVIL- FAMILIA.
Con fundamento en la Resolución Nº. 2009- 0006, de fecha 18 de marzo de 2009, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº. 39.152, de fecha 02 de abril de 2009, la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Civil- Barcelona, procedió a la distribución del presente Asunto, correspondiendo a este Tribunal.
A fin de emitir pronunciamiento sobre lo peticionado este Tribunal lo hace en los siguientes términos:
I
Mediante escrito de fecha 16 de Mayo de 2018, ANGEL CELESTINO SIFONTES SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.324.746, asistido por la abogada MERCEDES SALAZAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 113.675, alega que en fecha 09 de febrero de 2002, falleció ab-intestato, el ciudadano IGINIO SIFONTES MARIÑO, titular de la cedula de identidad N°. 495.533, dejando como sus UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a su viuda MERCEDES LUCILA SALAZAR DE SIFONTES, portadora de la cedula de identidad Nro. 1.155.533 y a sus hijos AMPARO JOSEFINA SIFONTES SALAZAR, titular de la cedula de identidad N° 8.324.833, ANGEL CELESTINO SIFONTES SALAZAR, titular de la cedula de identidad N° 8.324.746, CARMEN LUCILA SIFONTES DE ALFONZO, titular de la cedula de identidad N° 11.421.413, y a ALEXANDER ALEJANDRO SIFONTES SALAZAR, titular de la cedula de identidad N° 11.902.753, motivo por el cual pide que previo interrogatorio de que oportunamente presentara y a la documentación aportada a la solicitud, los declare UNICOS UNIVERSALES Y HEREDEROS, de quien en vida se llamara IGINIO SIFONTES MARIÑO, fallecido ab-intestato en fecha 09 de febrero de 2002 .
Al escrito en referencia el ciudadana ANGEL CELESTINO SIFONTES SALAZAR precedentemente identificado acompaño la siguiente documentación:
Copia Certificada del Acta de Defunción, asentada bajo el Nro. 11. folios 21 y 22, del Tomo I, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Pozuelos , del Municipio Sotillo , del estado Anzoátegui, en la que el Funcionario o Funcionaria encargada de asentar el Acta, inscribió que en fecha 09 de febrero de 2002, falleció en su casa de habitación, ubicada en la calle Santa Rosa , Nro. 19, Barrio La Caraqueña, Pozuelos, el ciudadano quien en vida se llamara IGINIO SIFONTES MARIÑO, de 69 años de edad, de estado civil casado, de nacionalidad venezolana, portador de la cedula de identidad Nro. 495. 533, nacido en fecha 11 de enero de 1933, hijo de Pedro Manuel Sifontes (fallecido) y de Amparo Elena Mariño de Sifontes. Su viuda MERCEDES LUCILA SALAZAR DE SIFONTES. Sus hijos AMPARO JOSEFINA SIFONTES SALAZAR, ANGEL CELESTINO SIFONTES SALAZAR, CARMEN LUCILA SIFONTES DE ALFONZO, y ALEXANDER ALEJANDRO SIFONTES SALAZAR, todos mayores de edad.
Datos Filiatorios correspondientes a la ciudadana MERCEDES LUCILA SALAZAR DE SIFONTES, portadora de la cedula de identidad Nro. 1.155.211.
Copia certificada del Acta de Matrimonio, celebrado en fecha 20 de diciembre de 1969, por ante la Prefectura del Municipio Pozuelos, Distrito Sotillo del estado Anzoátegui, entre los ciudadanos IGINIO SIFONTES MARIÑO y MERCEDES LUCILA SALAZAR.
Copias certificadas de las Actas de Nacimientos, correspondientes a AMPARO JOSEFINA SIFONTES SALAZAR, ANGEL CELESTINO SIFONTES SALAZAR , CARMEN LUCILA SIFONTES SALAZAR, ALEXANDER ALEJANDRO SIFONTES SALAZAR, en las que el Funcionario o Funcionaria encargada de levantar las Acta Asentó que los mencionados , son hijos de IGINIO SIFONTES MARIÑO y MERCEDES LUCILA SALAZAR DE SIFONTES.
Copias simples de las cedulas de identidad y del Registro de Información Fiscal de los ciudadanos antes mencionados.
Este Tribunal le otorga valor probatorio a la documentación antes reseñada, de conformidad con lo establecido en el artículo 1357 del Código Civil, en armonía con el artículo 429 del Código de procedimiento Civil.
II
En fecha 23 de mayo de 2018, este Tribunal admite la presente solicitud y acuerda tomarles declaración a los testigos que presente la solicitante.
En fecha 31 de mayo de 2018, rindieron declaraciones bajo juramento, ante este Tribunal, las ciudadanas: ARGELIA JOSEFINA AQUIAS MARIÑO y YOVIMAR DEL CARMEN MARCANO ESCALONA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 3.668.433 y 9.946.356, respectivamente, quienes bajo juramento declararon, que conocen de vista trato y comunicación a quien en vida se llamara IGINIO SIFONTES MARIÑO; quien procreo cuatro hijos en matrimonio, y era casado; que les consta que falleció ab- intestato, ni instituir herederos; era portador de la cedula de identidad Nro. 495.533 e hijo de Pedro Manuel Sifontes García y de Amparo Elena Mariño de Sifontes. Que MERCEDES LUCILA SALAZAR DE SIFONTES, AMPARO JOSEFINA SIFONTES SALAZAR, ANGEL CELESTINO SIFONTES SALAZAR, CARMEN LUCILA SIFONTES SALAZAR, ALEXANDER ALEJANDRO SIFONTES SALAZAR, son los únicos y universales herederos del ciudadano IGINIO SIFONTES MARIÑO.-
III
Este Tribunal, con vista A los recaudos acompañados a solicitud en referencia, a las declaraciones rendidas bajo juramento por las ciudadanas ARGELIA JOSEFINA AQUIAS MARIÑO y YOVIMAR DEL CARMEN MARCANO ESCALONA, declara las presentes actuaciones suficiente Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarle a los ciudadanos: MERCEDES LUCILA SALAZAR DE SIFONTES, venezolana, mayor de edad, portadora de la cedula de identidad Nro. 495. 533, en su condición de cónyuge, y a AMPARO JOSEFINA SIFONTES SALAZAR, ANGEL CELESTINO SIFONTES SALAZAR, CARMEN LUCILA SIFONTES DE ALFONZO, titulares de las cedulas de identidad Nros: 8.324.833, 8.324.746 , 11.421.413, 11.902.753, respectivamente, sus condiciones de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de quien en vida se llamara IGINIO SALAZAR MARIÑO, quien conforme consta del acta de Defunción acompañada a la solicitud bajo examen, era de 69 años de edad, de estado civil casado, de nacionalidad venezolana, portador de la cedula de identidad Nro. 495. 533, nacido en fecha 11 de enero de 1933, hijo de Pedro Manuel Sifontes (fallecido) y de Amparo Elena Mariño de Sifontes. Quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
Conforme fue solicitado por el ciudadano ANGEL CELESTINO SIFONTES SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.324.746, debidamente asistido por la abogada en ejercicio MERCEDES COROMOTO SALAZAR PACHECO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 113.675, este Tribunal acuerda expedir por Secretaria dos copias de las resultas y cuatro copias de la presente decisión.
Hágase entrega a la parte interesada de las presentes actuaciones en original. Así se decide.
A los fines establecidos en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, déjese copia certificada de la presente decisión.
Se deja expresa constancia que la competencia de este Tribunal de Municipio para conocer sobre el Asunto en comento, le fue atribuida mediante Resolución Nº. 2009- 0006, de fecha 18 de marzo de 2009, en su artículo 3, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº. 39.152, de fecha 02 de abril de 2009.
Publíquese, regístrese, agréguese a los autos.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de Los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en Barcelona, a los cuatro (04) día del mes de Junio de dos mil dieciocho (2018).- Años 208° de la Independencia y 159° de la Federación.
La Juez Provisorio,
Abg. María Eugenia Pérez.
La Secretaria,
Abg. Faviola Cabello
En la misma fecha 04/06/2018, siendo las 03:06:22 p.m., se dicto y publico la sentencia anterior. Conste.
La Secretaria,
Abg. Faviola Cabello
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