REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN BOLÍVAR, DIEGO BAUTISTA URBANEJA, JUAN ANTONIO SOTILLO Y GUANTA.




REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN BOLÍVAR, DIEGO BAUTISTA URBANEJA, JUAN ANTONIO SOTILLO
Y GUANTA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI.
Puerto la Cruz, 01 de junio del 2018.
208º y 159º
Exp. Nro. BP02-S-2018-000772

En cumplimiento a lo establecido en el artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, se identifican como partes, correspondientes al presente expediente:

SOLICITANTE: Ciudadano José German Rivas Hidalgo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.491.714.

De cujus: Ciudadana Carmen Josefina Hidalgo Parisca (†), venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-1.153.999.

Abogado Asistente: Ciudadano Juan Ricardo Guzmán Hernández, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpre-abogado bajo el Nro. 50.355.

MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS

SÍNTESIS DE LA SOLICITUD

Encabeza el presente expediente la solicitud formulada por EL SOLICITANTE, asistido de abogado –todos supra identificados-.

Previo cumplimiento de la Resolución Administrativa Nro. 2014-0009 del 12/03/2014 sobre Distribución de Causas emanada del Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena, correspondió su conocimiento a este Tribunal, admitiéndose el día 15 de mayo del 2018.

En el memorial presentado alegó EL SOLICITANTE, Que en fecha 03 de marzo de 2018, falleció su madre la ciudadana Carmen Josefina Hidalgo Parisca (†) –identificada supra, domiciliada Conjunto Residencial Pueblo Viejo, Isla Milo Nº 03, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, según se evidencia de documentales que consigna, siendo el solicitante el Único y Universal Heredero. Razones por las cuales solicita de este Tribunal, previo interrogatorio de los testigos que presentara en la oportunidad en que este Despacho Judicial lo fije, se les declare como Único y Universal Heredero de la enunciada ciudadana Carmen Josefina Hidalgo Parisca (†), fundamentando su solicitud en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.

Consignó como anexos al memorial presentado copias certificadas que cursan en autos, a saber: ACTA DE DEFUNCIÓN: Nro. 166, asentada en fecha 04/03/2018, por ante Oficina del Registro Civil, Parroquia Puerto la Cruz del Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui, correspondiente a la ciudadana Carmen Josefina Hidalgo Parisca (†), quien falleció el día 03/03/2018; ACTA DE NACIMIENTO Nro. 157, asentada en fecha 28/01/1970, por ante la Prefectura del Distrito Bolívar del Estado Anzoátegui, correspondiente al ciudadano Jose German Rivas Hidalgo.

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR:

En cuanto a los documentales presentadas: acta de defunción y acta de nacimiento se aprecian de conformidad con el artículo 1357 del Código Civil.

En cuanto a las testimoniales de los ciudadanos: JORGE LUIS MARTINEZ MANZANO y LUIS FEDERICO MARIN URPIN, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.191.981 y V-2.797.390, respectivamente, se aprecian de conformidad con los artículos 509 y 508 del Código de Procedimiento Civil.

En consecuencia de los documentos públicos presentados y las testimoniales evacuadas, ha quedado demostrada la filiación existente entre el ciudadano José German Rivas Hidalgo en su carácter de hijo respecto a la de cujus ciudadana Carmen Josefina Hidalgo Parisca (†), -ambos ut- supra identificados-. Así se establece.

DECISIÓN:
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN BOLIVAR, DIEGO BAUTISTA URBANEJA, JUAN ANTONIO SOTILLO Y GUANTA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI de conformidad con el artículo 253 de la Carta Magna, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por ministerio del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como ÚNICO y UNIVERSAL HEREDERO de la ciudadana Carmen Josefina Hidalgo Parisca (†), al ciudadano José German Rivas Hidalgo en su carácter de hijo, ambos identificados ut-supra, quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros y las presentes actuaciones como título para Perpetua Memoria. Así se decide.

De conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil y 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en concordancia con lo establecido en el artículo 1384 del Código Civil, publíquese, regístrese y déjese copia certificada de esta decisión. Dada, firmada, sellada, en la SALA DE DESPACHO DEL TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN BOLIVAR, DIEGO BAUTISTA URBANEJA, JUAN ANTONIO SOTILLO Y GUANTA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI. En Puerto la Cruz, 01 de junio del 2018. Años 208º de Independencia y 159º de Federación.
La Juez Provisorio


Abog. Luisa Licett Velásquez Febres
Abg. José Ramón Quijada Tousaint.

Secretario.
En esta misma fecha de hoy y siendo las 1:30 p. m., se publicó la anterior sentencia y se cumplió con lo dispuesto por el Tribunal. Conste.


Abg. José Ramón Quijada Tousaint.

Secretario.
Solicitud Nro. BP02-S-2018-000772
Únicos y Universales Herederos
LV/jrqt/eu