REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Barcelona, trece de marzo de dos mil dieciocho
207º y 159º
ASUNTO: BP02-N-2006-000580
Vista la diligencia suscrita por el ciudadano Carlos Sifontes Brito, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 33.212, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Ana María Rodríguez Muñoz, titular de la cédula de identidad Nº 4.169.771, mediante la cual solicita se ordene la ejecución forzosa de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha trece (13) de marzo de 2008, ratificada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo en fecha veinte (20) de junio de 2011, en virtud de que la Gobernación del Estado Anzoátegui, no ha cumplido con lo ordenado en la misma, este Juzgado decreta la ejecución forzosa. En consecuencia ordena comisionar suficientemente al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a quien por distribución le corresponda, a los fines de que practique la ejecución forzosa de dicha sentencia. A tales efectos, remítasele anexo copia certificada de la decisión y del presente auto. Cúmplase lo ordenado.
La Jueza,
La Secretaria,
Dra. Mirna Mas y Rubí Spósito.
Abg. Marieugelys García Capella.
A.A.
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