REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintidós de marzo de dos mil dieciocho
207º y 159º
ASUNTO: BP02-V-2017-000795
Visto el contenido de la diligencia que antecede, de fecha 19 de Marzo del 2018, suscrito por la ciudadana OMAIRETH AGUILERA MARTINEZ, abogada en ejercicio, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 132.147, en su condición de apoderada judicial de la ciudadana EYMAR JOSEFINA HERNANDEZ venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 6.917.150, mediante la cual consigna en original transacción judicial celebrada entre las partes intervinientes en el presente juicio por ante la Notaria Publica Primera de Puerto la Cruz del Estado Anzoátegui, en fecha 06 de Febrero de 2018, quedando anotado bajo el Nro. 40, Tomo 11, Folios 149 al 152, respecto a las firmas de los abogados asistentes y por ante la Notaria Segunda de Puerto Ordaz, Estado Bolívar en fecha 09 de Marzo de 2018, quedando anotado bajo el Nro. 52, Tomo 72, Folios 165 al 170; este Tribunal HOMOLOGA dicha TRANSACCIÓN en la misma forma, términos y condiciones por ellos expresados; ordenándose proceder como en Sentencia pasada, en Autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-
El Juez Provisorio,
La Secretaria Titular,
Abg. Alfredo José Peña Ramos
Abg. Judith Milena Moreno Sabino
/Stefhany M.-
|