REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN BOLÍVAR, DIEGO BAUTISTA URBANEJA, JUAN ANTONIO SOTILLO Y GUANTA.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN BOLÍVAR, DIEGO BAUTISTA URBANEJA,
JUAN ANTONIO SOTILLO Y GUANTA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI.-
Puerto La Cruz, ocho (08) de marzo del año dos mil dieciocho (2018).
207° y 159°
SOLICITANTE: Ciudadano ADRIÁN RAFAEL SIFONTES CHIRIQUEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-16.853.030.-
PRETENSIÓN: Declaración de Únicos y Universales Herederos.-
ASUNTO: BP02-S-2018-000257.-
Vista la solicitud de TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por el ciudadano ADRIÁN RAFAEL SIFONTES CHIRIQUEZ, anteriormente identificada, asistido la abogada MERCEDES COROMOTO SALAZAR PACHECO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 113.675, mediante la cual solicitó que tanto él como sus hermanos ciudadanos AVYMAR SUSANA SIFONTES CHIRIQUEZ, ALI RAFAEL SIFONTES CHIRIQUEZ, ALBIN RAFAEL SIFONTES CHIRIQUEZ y ABRAHAM RAFAEL SIFONTES CHIRIQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.168.422, V-14.316.069, V-16.181.851 y V-19.853.668, respectivamente, sean declarados ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los de Cujus ALI RAFAEL SIFONTES SIFONTES y MARTHA SUSANA CHIRIQUEZ TOVAR, fallecidos ab-Intestato los días veintidós (22) de diciembre del año dos mil catorce (2014) y seis (06) de julio del año dos mil quince (2015), respectivamente. Asimismo, visto los recaudos acompañados y las declaraciones de los ciudadanos NELSON JOSÉ TORRES MARIÑO y JOSÉ GERMAN SOSA MARIÑO, venezolanos, mayores de edad, solteros, el primero domiciliado en la calle Mariño, casa Nº 41, Pozuelos, Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui, y el segundo en la calle Mariño, casa Nº 57, Pozuelos, Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.799.214 y V-8.327.822, respectivamente, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones suficientes para asegurarles su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los causantes ALI RAFAEL SIFONTES SIFONTES y MARTHA SUSANA CHIRIQUEZ TOVAR, a los ciudadanos ADRIÁN RAFAEL SIFONTES CHIRIQUEZ, AVYMAR SUSANA SIFONTES CHIRIQUEZ, ALI RAFAEL SIFONTES CHIRIQUEZ, ALBIN RAFAEL SIFONTES CHIRIQUEZ y ABRAHAM RAFAEL SIFONTES CHIRIQUEZ, anteriormente identificados, en su condición de hijos de los de cujus, dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Igualmente, devuélvase original a la parte solicitante, déjese nota en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año. Y ASÍ SE DECIDE.-
LA JUEZ PROVISORIO,
MIRLA JOSEFINA MATA ROJAS
EL SECRETARIO,
JOHNNY BOLÍVAR
En la misma fecha de hoy, se insta a la solicitante a consignar las copias fotostáticas, a los fines antes señalados. Conste.-
EL SECRETARIO,
MJMR/ec
Asunto Nº BP02-S-2018-000257