Vista la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana: ZURILMA DEL VALLE SALAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°. V-8.468.808, domiciliada esta ciudad de Aragua de Barcelona, Municipio Aragua del Estado Anzoátegui, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio, EDGAR JOSE TALAVERA ZABALA, inscrito en el IPSA bajo el N° 271.750, domiciliado en esta ciudad de Aragua de Barcelona, Municipio Aragua del estado Anzoátegui; mediante la cual solicitó sea declarada junto al ciudadano: LUIS JAVIER RONDON SALAS, titular de la cedula de identidad N° V-19.248.015, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del extinto ISIDRO RAFAEL RONDON CASTELLANO, quien era venezolano, mayor de edad, portaba cedula de identidad Nº V- 5.491.069, fallecido Ab-Intestato el día 09 de enero del año 2018, según se evidencia en Acta de Defunción inserta bajo el Acta Nº 26, de fecha 17-01-2018, emanada de la Oficina de Registro Civil del Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, cursante al folio Dos (02) y Tres (03). Asimismo, visto los demás recaudos que acompañan la presente solicitud y las declaraciones rendidas por los ciudadanos: MEILIN CONDE MENESES y JUAN FRANCISCO DELLAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-5.469.560 y V-15.065.104, respectivamente, ambos domiciliados en esta ciudad de Aragua de Barcelona, Municipio Aragua del Estado Anzoátegui, quienes fueron hábiles y contestes en sus testimoniales cursantes al folio once (11), no habiendo oposición de terceros, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Aragua, Sir Arthur Mac Gregor y Santa Ana de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones suficientes y bastantes para asegurarles su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del CausanteISIDRO RAFAEL RONDON CASTELLANO, a los ciudadanos: ZURILMA DEL VALLE SALAS y LUIS JAVIER RONDON SALAS, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- V-8.468.808 y V- 19.248.015, respectivamente, dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros. Devuélvase original con sus resultas a la parte solicitante y déjese nota en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año. Asimismo se ordena, expedir por Secretaría la Copia Certifica solicitada por la parte interesada y dejese Copia Certificada de la presente solicitud para el correspondiente archivo de este Tribunal. Y ASÍ SE DECIDE.-
LA JUEZA PROVISORIA.
(fdo) ABG. MARÍA MAGDALENA YEGRES.
EL SECRETARIO,
(fdo) ABG. TOMAS R. AREVALO.
Evacuada como ha sido la presente solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, se devuelve a la parte interesada original con sus resultas, constante de doce (12) folios útiles. Conste.-
(fdo)EL SECRETARIO,
Solic. Nº 18-03-01
MMY/lmr
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