REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN BOLÍVAR, DIEGO BAUTISTA URBANEJA, JUAN ANTONIO SOTILLO Y GUANTA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI.
Puerto la Cruz, 15 de mayo del 2018
208° y 159°
Asunto: BP02-S-2018-000780
Visto el escrito que antecede, presentado por los ciudadanos NELSON JESUS NIEVES TORRES Y HEVELYN TERESA MELENDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nro(s). V- 7.445.151 y V-12.020.217, respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio HECTOR HERNANDEZ, inscrito en el Impreabogado Nro. 46.037, solicitando LA PARTICION Y LIQUIDACION AMISTOSA DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL y su respectiva Homologación; vistos los recaudos consignados, este Juzgado admite por llenar los extremos legales y en virtud de la sentencia dictada por el Tribunal Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de al Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en fecha 10 de abril de 2018, en el expediente Nro. BP02-S-2018-000498, llevado por ante ese Tribunal, contentivo de la solicitud de Divorcio intentado por los ciudadanos NELSON JESUS NIEVES TORRES Y HEVELYN TERESA MELENDEZ –antes identificados- mediante la cual se disolvió el vinculo conyugal. Este Tribunal, vista la solicitud antes referida, de conformidad con la Ley y los principios constitucionales establecidos en Nuestra Carta Magna, declara HOMOLOGADA la PARTICION Y LIQUIDACION AMISTOSA DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, en los mismo términos y condiciones suscritos entre las partes, otorgándosele el carácter de cosa juzgada. Y así se decide.-
Se ordena expedir cinco (5) juegos de copias certificadas de la presente decisión a los SOLICITANTES.
De conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, publíquese, regístrese y déjese copia certificada de esta decisión. Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN BOLÍVAR, DIEGO BAUTISTA URBANEJA, JUAN ANTONIO SOTILLO Y GUANTA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI. Años 208º de la Independencia y 159º de la Federación.- Puerto La Cruz, 15 de mayo del 2018.- Cúmplase.-
Juez Provisoria
ABG. LUISA LICETT VELÁSQUEZ FEBRES
El Secretario
Abg. José Ramón Quijada Tousaint.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente siendo las 2:00 p. m., previo cumplimiento de formalidades de Ley.- Conste.-
El Secretario
Abg. José Ramón Quijada Tousaint.
LLVF/JRQT/mb.-
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