REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI
JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN BOLÍVAR, DIEGO BAUTISTA URBANEJA, JUAN ANTONIO SOTILLO Y GUANTA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI
EN SU NOMBRE
ASUNTO PRINCIPAL: BP02-S-2017-002079
SOLICITANTE: Judith Numidia Martínez Fermín, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.024.874, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 36.356.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO.
I
Vista la solicitud de Rectificación de acta de nacimiento presentada por la abogada en ejercicio Judith Numidia Martínez Fermín, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.024.874, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 36.356.
En fecha 08 de Diciembre de 2017, se dictó auto dándole entrada a la presente solicitud.
En fecha 16 de Enero de 2018, se dictó auto instando a la parte solicitante a consignar en un término de Cinco (05) días de despacho siguiente a la fecha del referido auto, copia certificada u original de la partida de nacimiento de la ciudadana Judith Numidia Martínez Fermín, así como, certificado de nacimiento médico emitido por el centro médico en el cual nació la solicitante, antes identificada.
II
Este Tribunal a los fines de proveer sobre la admisión de la presente demanda previamente observa:
Que cumplido el lapso, para que la solicitante compareciera ante este Juzgado, a subsanar lo ordenado en auto de fecha 16/01/18. No consta en el presente expediente que la misma diera cumplimiento a lo solicitado por este Tribunal, ahora bien, este Juzgado considera que la documentación solicitada es fundamental para que proceda la presente solicitud, es por ello que la misma resulta Inadmisible.
III
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Inadmisible la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento, presentada por la ciudadana Judith Numidia Martínez Fermín, plenamente identificada. Así se decide.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo de este Tribunal. Así también se decide.-
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en Puerto La Cruz, a los diez (10) días del mes de Mayo de Dos Mil Dieciocho (10/05/2018) Años: 208° de la Independencia y 159º de la Federación.-
La Juez Suplente
Dra. Magbis Mago García
La Secretaria.acc
Abg. Jovanna Navarro Ramos
Nota: En esta misma fecha, siendo las 02:50 p.m., se dictó y publicó la presente sentencia, previa las formalidades de Ley. Conste.-
La Secretaria.acc
Abg. Jovanna Navarro Ramos
BP02-S-2017-002079
MMG/jgm
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