REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintinueve de octubre de dos mil dieciocho
208º y 159º

ASUNTO: BP02-N-2018-000037

Siendo la oportunidad legal para pronunciarse sobre el escrito de pruebas presentado por los abogados Daniela Sánchez, Yelitza Ricardi y José Luis Velásquez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 106.464, 120.582 y 204.780 respectivamente, en su caracteres de apoderados judiciales del Instituto Autónomo de Policía del Estado Anzoátegui, parte demandada, el Tribunal, ADMITE cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva.



La Juez,



Dra. Mirna Mas Y Rubí Spósito

La Secretaria acc,



Abog. Solimar Villegas Villarroel





RF