REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecisiete de octubre de dos mil dieciocho
208º y 159º

ASUNTO: BP02-F-2017-000086

Vista la anterior diligencia de fecha 15 de Octubre del año 2018, suscrita por la ciudadana FÁTIMA BAROUD, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 11.416.271, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio HECTOR MORALES, inscrita en el IPSA bajo el Nº 132.195, mediante la cual, desiste de la presente Demanda que por DIVORCIO CONTENCIOSO, que hubiere incoado en contra del ciudadana HERNÁN OLIVOS, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº E-84.362.579; asimismo solicita la devolución de los originales consignados en autos; este Tribunal, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO, en la misma forma, términos y condiciones contenidos en la mencionada diligencia, ordenándose proceder como en Sentencia Pasada, en Autoridad de Cosa Juzgada, conforme a lo dispuesto en el Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvanse los recaudos originales cursantes a los folios Tres (03) y Cuatro (04) del presente expediente, previa su certificación en autos. Se da por terminada la presente causa y se ordena el archivo del expediente. Cúmplase.-
El Juez Provisorio,

Abg. Euclides Rojas Morillo
La Secretaria Titular,

Abg. Judith Moreno Sabino



/LJAL