REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN BOLÍVAR, DIEGO BAUTISTA URBANEJA, JUAN ANTONIO SOTILLO Y GUANTA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI

Puerto La Cruz, 26 de septiembre de 2018
208° y 159°

ASUNTO: BP02-S-2018-001429

SOLICITANTE: NADIA BALADÍ DE DRIJA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-8.210.108.
Apoderado Judicial: Abogado SERAFÍN FERNÁNDEZ CHIRINEH, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 100.503.722
PRETENSIÓN: Constancia De Consignación De Canon De Arrendamiento.-
EXPEDIENTE: BP02-S-2018-001429.-

Por cuanto observa este Tribunal que en fecha 10 de agosto de 2018, fue presentado escrito de solicitud de CONSTANCIA DE CONSIGNACIÓN DE CANON DE ARRENDAMIENTO, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Civil de Barcelona, por el abogado SERAFÍN FERNÁNDEZ CHIRINEH, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-10.503.722 inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 100.503.722, correspondiendo por distribución su conocimiento a este Juzgado, quien le dio entrada en fecha 14 de agosto de 2018.
Consta en auto de fecha 17 de septiembre de 2018, este Juzgado instó a la parte solicitante consignar o presentar poder original, a los fines de la admisión de la presente solicitud, para lo cual se le concedió un lapso de cinco (05) días de despacho siguiente contados a partir de la fecha del mencionado auto.
Ahora bien observa este Tribunal que hasta la presente fecha no ha comparecido la parte solicitante a los fines de dar cumplimiento de lo requerido por este Juzgado mediante auto de fecha 17 de agosto del año en curso, lo cual es necesario para determinar la cualidad con la cual interviene la parte solicitante en la presente y si en efecto la misma procede.
En consecuencia, este Tribunal Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción judicial Del Estado Anzoátegui, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la Solicitud de CONSTANCIA DE CONSIGNACIÓN DE CANON DE ARRENDAMIENTO, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Civil de Barcelona, por el abogado SERAFÍN FERNÁNDEZ CHIRINEH, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-10.503.722 inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 100.503.722. Y así se decide.-
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de esta decisión.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción judicial Del Estado Anzoátegui. En la ciudad de Puerto la Cruz, a los veintiséis (26) días del mes de septiembre del año dos mil dieciocho (2018). Años: 208° de la Independencia y 159° de la Federación.-
LA JUEZ PROVISORIO


Dra. MAGBIS MAGO GARCIA

LA SECRETARIA. ACC


Abg. MARY BLANCO FRANCO
MMG/MB
ASUNTO: BP02-S-2018-001429