REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Barcelona, diez de enero de dos mil diecinueve
208º y 159º
ASUNTO: BP02-N-2017-000124.
Vista la diligencia de fecha dieciocho (18) de diciembre 2018, presentada por el abogado Reimundo Mejias La Rosa, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 116.029, en sus carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana Lucero Rafaela Marín Guilarte, plenamente identificada en autos, parte demandante, mediante la cual apeló la decisión dictada por este Juzgado Superior de fecha diez (10) de diciembre de 2018, esto en la demanda interpuesta contra el Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, este Juzgado Superior oye la misma en ambos efectos. Se ordena remitir el presente Expediente N° BP02-N-2017-000124, a la Corte de lo Contencioso Administrativo, a quien por distribución corresponda conocer.
La Juez Suplente
La Secretaria Acc,
Dra. Carolina Guevara.
Abg. Solimar Villegas Villarroel.
J/g.-
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