REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, ocho de enero de dos mil diecinueve
208º y 159º
ASUNTO: BP02-N-2018-000076
Siendo la oportunidad legal para pronunciarse sobre el escrito de pruebas presentado por el abogado Reimundo Mejías en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, el Tribunal, ADMITE cuanto ha lugar en derecho, las pruebas Promovidas, salvo su apreciación en la definitiva.
La Juez Suplente,
Dra. Carolina Guevara
La Secretaria acc,
Abog. Solimar Villegas Villarroel.
W/G.-