REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintisiete de marzo de dos mil veintitrés
212 y 164º
ASUNTO: BH04-M-1995-000001
Vista lo diligencia que antecede de fecha 27 de febrero de 2023, presentada por el ciudadano NELSON E. GARCÍA BLUM, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-25.052.001, actuando en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil CONEDIL, debidamente asistido por el Abogado LUDVING GARCÍA, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº258.635, mediante la cual solicita la continuidad de la entrega material de los apartamentos A-17, A-23, A-28y PH2, del Conjunto Residencial Nelamar, así como se oficie a la unidad administrativa encargada del Catastro Municipal del Municipio Licenciado Diego Bautista Urbaneja de este estado a fin de que anule la inscripción catastral realizada sobre los apartamentos A-17, A-28 y PH2, este Tribunal a los fines de pronunciarse al respecto observa:
En fecha 14 de Agosto de 2008, éste Juzgado, entonces Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui dicto sentencia ordenando lo siguiente:
“TERCERO: Se ordena la entrega material de los bienes propiedad de la demandada afectados por la medida de ocupación judicial practicada en fecha 18 de diciembre de 1.995, revocada en este auto, en específico, los apartamentos identificadosA1,A2,A3,A4,A5,A6,A7,A8,A11,A12,A13,A14,A15,A16,A17,A18,A21,A22,A23,A24,A25,A26,A27,A28,PHA1,PHA2,PHA3,PHA4,B1,B2,B3,B4,B5,B6,B11,B12,B13,B14,B15,B6,B21,B22,B23,B24,B25, B26 y PHB Conjunto Residencial Nelamar, propiedad de la demandada, que fueron entregados en posesión en fecha 18 de diciembre de 1995 a los optantes demandantes identificados como Thania Ramos Anzola, Eduardo Tomas Torres Ramos, Isabel Hernández de Torres, Miguel Guedez, LutfiLameh y Doris Brandt de Lameh, Maria de Porro, GiuseppaMeli de Molina y Rosendo Molina Palacios, Emérita Pimentel y Edgardo Avila, Carlos Raúl Alberto Quintana Soria y Francia Morón de Quintana, Rafael Carrillo y Graciela de Carrillo, Luis e. Briceño Gutiérrez y María Ortiz de Briceño, Antonio Evangelista Ciccarelli y Maritza Rivera de Evangelista, Nelson Aboud, Judith de Aboud, Rafael Blanco, Rosario Elena Irady de Blanco, Ángela Mendoza de Landeaux, Luis Vielma Lobo, Virginia Loero de Vielma, Comercial Occidente, c.a., Carlos Tenorio, Mirleth Castillo de Tenorio, José Antonio González Domínguez, María Campos de González, Rafael Luzón, Gladys de Luzón, Inés UrsulaBardasz Muños, Aninversión, c.a., Nader Muhamad Tineo, Carolina CassellaFernandez de Muhamad, José alcántara, Missana Cerámica, C. A., Miguel Pabon, María del Pilar s. de Pabon, Mauricio Grandi, Elizabettha Tovar de Grandi, Winston Cabello, Enrique Agüero, Patricia Tobia de Agüero, Rafael Luces, Niloa Vargas de Luces, Caroní Oriental, c.a., SamyMuhamad Tineo, Jesús Antonio Gómez Toro, Freddy de Jesús del Valle Frontado Ortiz, Amarilis Grafe de Frontado, Willy Guichard, Beatriz von Ackeren, Antonio Armada, Beatriz Bellorin de Armada, Marcos Narváez, Carmen Maria Pacheco de Narvaez, Fulbio Parodi Arias, Iria Violeta Naveda de Parodi, Cesar Pessagno Vicuña, Carmen de Pessagno, Manuel Antonio Castillo Campos, Rosario de Castillo, Leonor Zarzalejo, Edgar Salas, Yolanda Inés Castillo de Salas, Paula Regina Miglietti, José Manuel Aguilar González, María Kert de González, Guiseppe Frasca Belfiglia, Oliva María Romasco de Frasca y Mariana BlumPalfi, plenamente identificados a los autos, o cualquier persona que ostente la posesión de los mismos por cualquier título. Entrega material de bienes a la demandada de autos CONEDIL, S.A, plenamente identificada a los autos, que será practicada por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar y Diego Bautista Urbaneja de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui. Líbrese comisión y oficios…”.
Posteriormente el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, mediante sentencia de fecha 18 de abril del año 2013, en el Recurso de Apelación ejercido en contra de la Sentencia dictada por este Tribunal, en fecha 14 de Agosto de 2008; señalando lo siguiente:
“…Por lo tanto es improcedente la entrega material de los bienes propiedad de la demandada afectados por la medida de ocupación judicial practicada en fecha 18/12/1998 sobre los apartamentos A1,A2,A3,A4,A5,A6,A7,A8,A11,A12,A13,A14,A15,A16,A17,A18,A21,A22,A23,A24,A25,A26,A27,A28,PHA1,PHA2,PHA3,PHA4,B1,B2,B3,B4,B5,B6,B11,B12,B13,B14,B15,B6,B21,B22,B23,B24,B25,B26 y PHB del Conjunto Residencial Nelamar, propiedad de la demanda acordada por el fallo apelado, por cuanto, como se ha dicho, el levantamiento de dicha medida no puede afectar los derechos de los ocupantes de dichos apartamentos, los cuales están ligados contractualmente con CONEDIL S.A., en virtud de los contratos de opción de compra venta celebrados por esta y sirvieron de título a estos para promover la demandada de quiebra contra la mencionada sociedad mercantil.
Omissis
Por las razones expuestas, este Tribual Superior, en nombre de la Republica y por autoridad e la Ley, declara CON LUGAR las apelaciones interpuestas por las abogadas Rose Mary de Scope y Eliana Solórzano de Rojas, la primera en representación de los demandantes, y la segunda en representación de los ciudadanos Jesús Antonio Gómez Toro. Gabriel Arcángel Moreno, Emérita Pimentel, Leonor Zarzalejo Torrelles, Isabel Beatriz Torres, Eduardo Tomas Torres Ramos e Isabel Cristina Torres Hernández, Antonio Alberto Armada Pino, Manuel Antonio Castillo Campo, María Eugenia de la C. Murillo Timaury, Freddy Jesús del Valle Frontado Ortiz, Amarillis Graffe de Frontado, Gaetano Basile, Miguel A. Pabón Mieles, Willy Guichard, Maritza Riveras de Evangelista y Antonio Evangelista Ciccarelli, Beatriz Figueroa de Von Ackeren, Luis Miguel Guedez Paz y Marco Antonio Narváez A., contra la sentencia interlocutoria apelada, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, ”
En este sentido, del análisis realizado a la sentencia dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui encontramos que dicha Alzada consideró improcedentela entrega material de los bienes propiedad de la demanda, revocando lo ordenado en el dispositivo TERCERO en la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 14 de Agosto de 2008,por lo que mal podría continuarse con los tramites de una entrega material que fue dejada sin efecto a través de una sentencia que se encuentra definitivamente firme. Por otra parte, en lo que respecta al requerimiento de oficiar lo conducente a la unidad administrativa encargada del Catastro Municipal del Municipio Licenciado Diego Bautista Urbaneja de este estado a fin de que anule la inscripción catastral realizada sobre los apartamentos A-17, A-28 y PH2, observa este Tribunal que dicha actuación no corresponde a la ejecución de las sentencias dictadas en la presente causa, es por ello que resulta forzoso para éste Juzgador NEGARlo solicitadopor el ciudadano NELSON E GARCÍA BLUM, actuando en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil CONEDIL, en lo que respecta a la continuidad de la entrega material de los apartamentos A-17, A-23, A-28 y PH2, del Conjunto Residencial Nelamar y a la nulidad de la inscripción catastral realizada sobre los apartamentos A-17, A-28 y PH2.Así se decide.-
El Juez Provisorio,
Abg. José Alberto Figuera Leyba
La Secretaria,
Abg. Johanna Rondón Paruta
JAFL/JRP/kaag.-
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