REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, siete de noviembre de dos mil veinticuatro
214º y 165º

ASUNTO: BH0C-X-2024-000029
SENTENCIA INTERLOCUTORIA.-
DEMANDANTE: LISBELKYS JOSE MARCANO GUERRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-18.905.849.
DEMANDADO: ORLANDO JOSE NATERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 12.273.570.

NIÑAS: (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente)

MOTIVO: EJECUCION DE OBLIGACION DE MANUTENCION.

Vista el acta de fecha 04 de Octubre de 2024, contentiva de la Audiencia Preliminar en Fase de Ejecución, y el contenido de la misma, en consecuencia este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sede Barcelona, decreta la ejecución forzosa de la SENTENCIA POR OBLIGACION DE MANUTENCION, de fecha 29/07/2022, propuesta por la ciudadana LISBELKYS JOSE MARCANO GUERRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-18.905.849, en contra del ciudadano ORLANDO JOSE NATERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 12.273.570, donde se encuentran las niñas (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) ; a tal efecto DECRETA: PRIMERO: EMBARGO EJECUTIVO SOBRE 12 MENSUALIDADES FUTURAS DEL SALARIO DEVENGADO Y DEMAS BENEFICIOS QUE LE PUEDAN CORRESPONDER A LAS NIÑAS (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) del demandado, ciudadano ORLANDO JOSE NATERA, anteriormente identificado, quien actualmente labora en la Empresa PDVSA S.A, que deberán ser depositados en la cuenta de ahorro Nro. 0105-01028850128280522, del Banco Mercantil a nombre de la ciudadana LISBELKYS JOSE MARCANO GUERRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-18.905.849. SEGUNDO: Líbrese oficio al JEFE DE LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIO AL `PERSONAL, GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS REFINACION ORIENTE, EDIFICIO PDVSA, GUARAGUAO, ESTADO ANZOATEGUI, a los fines de participarle la presente decisión. Cúmplase.-
LA JUEZ PROVISORIO.

ABG. JULIMAR LUCIANI
LA SECRETARIA

ABG. SONIA ALFARO

En la misma fecha del auto anterior, se cumplió todo lo ordenado en el. Conste.-

LA SECRETARIA

ABG. SONIA ALFARO


JLM/JesusItriago