en consecuencia este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO, presentado por los ciudadanos: GABRIELA DEL VALLE DIAZ VARGAS y MANUEL ALEJANDRO BOADA RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 19.184.223 y V-20.361.642, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado RAFAEL ALVAREZ, inscrito en el IPSA, bajo el Nro. 82.559, en donde se encuentra incluido, el niño: Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , no posee discapacidad ni pertenece a grupo étnico; mediante la.....