DISPOSITIVA.
Por las razones de hecho y de derecho antes narradas, esta Corte Superior Sección Adolescentes de la Región Oriental, Sala Especial Accidental del Circuito Judicial Penal de los Estados Anzoátegui y Monagas, declara CON LUGAR, el recurso de apelación incoado por la Abogada Elena Velásquez Fuentes, en su carácter de Fiscal Décima Octava del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, contra la decisión emanada del Tribunal del Municipio San José de Guanipa en función de Control Sección Adolescentes, en fecha 15 de Diciembre de 2004, mediante la cual declaró sin lugar el recurso de revocación interpuesto por la Fiscal del Ministerio, en virtud, de que con la citada decisión el a quo violó el principio de la tutela judicial efectiva, previsto en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, amén de violación al debido proceso por tratarse de un error judicial que debe ser corregido, bajo la luz del numeral 8 del a.....