esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección del Niño, Niña y Adolescente de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo citado ut supra de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, de SEPARACION DE CUERPOS Y DE BIENES CONTENCIOSO, incoada por la ciudadana MELANIA DEL CARMEN AGUILERA GUANAGUANEY, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.233.182, domiciliada en la Calle Buenos Aires, Sector El Frío, Residencias Mariela, Piso 08, Apartamento 8-D, Puerto La Cruz, Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, y TERMINADO éste mediante Decisión Oral reducida a un Acta, la cual debe ser publicada en este mismo día, según lo consagrado a lo establecido en el artículo 522 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en atenc.....