En consecuencia, ésta SALA DE JUICIO N° 02 DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA INADMISIBLE, la presente demanda de DIVORCIO, propuesta por el ciudadano INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACION ALIMENTARIA, propuesta por la ciudadana DANNIS JOSEFINA GUARAMATA GUILARTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.677.282, actuando en representación de su hija la niña ERIANNY DE LOS ANGELES ALEMAN GUARAMATA, de cuatro (04) años de edad, en contra del ciudadano ERICK JESUS ALEMAN GUACUTO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.369.159, por no dar cumplimiento con las exigencias establecidas por este Tribunal. Devuélvanse los originales a las partes interesadas, dejando copia en su lugar, previa certificación por Secretaría. Se ordena el cierre y remisión del presente expediente al Archivo Judi.....