Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Se DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con el artículo 256 numerales 3º y 6º del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del imputado JOSE LUIS MARTINEZ LISTA, quién es venezolano, Indocumentado, Barcelona- Estado Anzoátegui, donde nació en fecha No recuerda, de 22 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de los ciudadanos CARMEN LISTA Y CAMILO MARTINEZ, ambos vivo, residenciado en Chorreron Calle La Paloma, Casa S/N, Cerca De La Licoreria, Estado Anzoátegui., por encontrarlo responsable en la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el Articulo 453, Ordinal 4º del Código Penal, en agravio de VERKYS DEL CARMEN RIVAS. El Procedimiento a Seguir es el Ordinario. Regístrese. Notifíqu.....