Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA POR APLICACION DE MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS a los imputados: FERNANDO ANTONIO LAMAS RODRIGUEZ, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° 8.332.927, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 22-04-1965, de 40 años de edad, Oficio, Técnico Diesel, hijo de DARIA DE LAMAS (v) y HUGO LAMAS (v), domiciliado en: Urbanización Guanire, Calle Norte 01; F55, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui y HENRY RAFAEL RUIZ, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° 8.251.181, natural de Barcelona, donde nació en fecha 20-03-1966, de 39 años de edad, de profesión u oficio Conductor, hijo de los ciudadanos CARMEN SEFERINA RUIZ (Df) y VITELIO GUANARE (Df), con domicilio en Tronconal II, Av. N° 02, Casa N° 12, Barcelona, .....